MINISTERIO DE SALUD
Resolución 380/2002
Incorpórase la Coordinación de Planificación y Evaluación a las aperturas inferiores del primer nivel operativo correspondientes a la Subsecretaría de Políticas, Regulación y Fiscalización.
Bs. As., 4/7/2002
VISTO la Decisión Administrativa N° 24/02 y la Resolución Ministerial N° 233/02, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la citada Decisión Administrativa se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo correspondiente al nivel central de esta Jurisdicción Ministerial.
Que por la referida Resolución Ministerial se aprobaron las aperturas inferiores del aludido nivel operativo.
Que resulta necesario complementar las aperturas aprobadas por la comentada Resolución con la incorporación, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION, de la Coordinación de Planificación y Evaluación.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades establecidas en el artículo 17 del Decreto N° 1545 del 31 de agosto de 1994.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1° — Incorpórase a las aperturas inferiores del primer nivel operativo correspondientes a la estructura organizativa de este Ministerio aprobadas por la Resolución Ministerial N° 233/02, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION, la Coordinación de Planificación y Evaluación de conformidad con las acciones y cuadro de dotación que como Anexos I y II respectivamente forman parte de la presente.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ginés M. González García.
Anexo I
SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION
COORDINACION DE PLANIFICACION Y EVALUACION
Acciones:
1. Asistir al Subsecretario de Políticas, Regulación y Fiscalización en la planificación de las políticas de salud y en la evaluación del impacto social de las mismas.
2. Promover la detección de las necesidades sanitarias a nivel nacional, llevando actualizados los registros correspondientes.
3. Intervenir en la realización del diagnóstico de la situación sanitaria a nivel nacional y por jurisdicciones y en los procesos de programación sanitaria a corto y mediano plazo normatizando modelos y procedimientos.
4. Coordinar acciones con los responsables competentes de las áreas sustantivas del Ministerio, en orden a elaborar programas y proyectos según las necesidades detectadas como así también modelos y sistemas de evaluación, monitores y suministro de información periódica.
5. Promover la capacitación del personal de salud en materia de planificación y programación sanitaria a todos los niveles, coordinando acciones con el Area de Desarrollo de Recursos Humanos en Salud.