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Ministerio de Salud
BECAS
Resolución 392/2002
Defínense las áreas prioritarios de los Programas de Investigación. Becas "Ramón Carrillo - Arturo Oñativia", a otorgarse en el período 2002. Apruébase el número de becas y sus respectivos montos.
Bs. As., 12/7/2002
VISTO las Resoluciones Ministeriales N° 282/00, 170/02 y 212/02 y el expediente N° 1-2002-4964/02-2 del registro de este Ministerio y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Ministerial N° 282/00 se crea un Sistema de Becas de Investigación para Profesionales denominadas "Ramón Carrillo - Arturo Oñativia".
Que se hace necesario modificar el tenor de las Becas antes citadas en función a los Programas de Investigación ‘existentes en este Ministerio y que tienen por objetivo detectar los problemas sanitarios del país.
Que mediante Resoluciones Ministeriales N° 170/02 se constituye en el ámbito de la Subsecretaría de Relaciones Sanitarias e Investigación en Salud de este Ministerio la Comisión Nacional de Programas de Investigación Sanitaria (CONAPRIS) con el propósito de fijar las Políticas y Estrategias sobre las Becas de Investigación.
Que por Resolución Ministerial N° 212/02 se amplía el listado de los integrantes de la CONAPRIS.
Que a propuesta de la CONAPRIS se establecieron características diferentes para las Becas "Ramón Carrillo - Arturo Oñativia" y se fijaron las prioridades de los Programas de Investigaciones.
Que es objetivo de la presente Resolución que las investigaciones en ciencias de la salud para entender los respectivos conocimientos y las investigaciones para resolver problemas, se aúnen transformándose ambas en Investigaciones estratégicas.
Que al fin propuesto se destacan los lineamientos establecidos en la Conferencia de "Ciencias para el Siglo XXI: Un Nuevo Compromiso" (UNESCO y Consejo Internacional para la Ciencia (ICSO) 1999 Budapest, Hungría), así como el Foro de Investigación en Salud 10/90 2000 y 2001/2002 (OMS - Ginebra -Suiza).
Que en las Reuniones mencionadas en el párrafo precedente se han seleccionado como algunos de los Campos Prioritarios de Investigación más relevantes, entre otros: la salud de los niños y la nutrición, la salud materna y genésica, las enfermedades no transmisibles, las lesiones y las investigaciones sobre políticas y sistemas sanitarios.
Que asimismo, se ha tenido como sustento para el dictado de la presente las propuestas formuladas en la 42° Reunión del Consejo Directivo de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) celebrada en septiembre del año 2000 en relación a las funciones esenciales de la Salud Pública, entre las que se pueden mencionar como ejes temáticos más importantes: el monitoreo y análisis de la situación de salud de la población y servicios, la promoción de la salud, la participación social y ejercicio del poder de los ciudadanos, la garantía de calidad de los servicios de salud individuales y colectivos, la evaluación del impacto económico y social de las enfermedades emergentes, la efectividad clínica y sanitaria y el desarrollo de Políticas, planes y capacidad de gestión en investigación y desarrollo e implementación de soluciones innovadoras en salud pública.
Que a propuesta de la CONAPRIS, corresponde determinar las prioridades seleccionadas para los objetivos de las Becas previstas en la presente.
Que corresponde prorrogar las Becas de Inserción "Ramón Carrillo - Arturo Oñativia" para la Inserción de Investigadores.
Que cabe agrupar al conjunto de las Becas "Ramón Carrillo - Arturo Oñativia" que se otorgarán en el período 2002 de acuerdo a los ejes temáticos previstos.
Que se han agrupado, además como becas de investigación básica y clínica, sobre programas sanitarios con apoyo institucional, becas de investigación clínico u operativa a nivel hospitalario.
Que para Becas de Investigación "Ramón Carrillo - Arturo Oñativia" de Programas Colaborativos Multicéntricos la CONAPRIS ha seleccionado como áreas temáticas el monitoreo y análisis de la situación de salud, investigando sobre la Mortalidad Materna y la Mortalidad Perinatal.
Que como estudios de efectividad clínica y sanitaria, la CONAPRIS seleccionarán investigaciones referentes a los siguientes temas: Medicamentos: bioequivalencia; biodisponibilidad en antibióticos, ansiolíticos, corticoides; prescripción por nombre genérico y medicamentos genéricos; patrones de prescripción y de consumo; financiamiento (costos y gastos en medicamentos).
Que a través de la ejecución de las Becas señaladas en la presente Resolución se pretende lograr un mejor y eficiente desarrollo de los recursos humanos en salud mediante la formación de los jóvenes investigadores.
Que asimismo corresponde promover convenios con instituciones universitarias, que se seleccionen previamente a tal efecto.
Que la SUBSECRETARIA DE RELACIONES SANITARIAS E INVESTIGACION EN SALUD ha dado su conformidad al texto de la presente Resolución Ministerial.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS 3URIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en virtud de las facultades otorgadas por el artículo 23° de la Ley de Ministerios N° 25.233 y del Decreto N° 438/92, y del Decreto N° 355/02, y la Decisión Administrativa 24/02, y la Resolución Ministerial 233/2002.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1° — Establézcanse como áreas prioritarias de los Programas de Investigación las que se detallan a continuación:
a) Prevalencia, incidencia y medición de riesgo de enfermedades no transmisibles o factores de riesgo, con evidencia al menos externa de su magnitud, gravedad y vulnerabilidad: Desnutrición, corona riopatías, Síndrome úremico hemolítico, accidentes, diabetes, salud mental, neoplasias, conocer la mortalidad materna y mortalidad perinatal.
b) Iniquidad social y de género en salud: cobertura, accesibilidad, calidad de los servicios.
c) Los ciudadanos y el derecho a la salud: satisfacción de los usuarios y profesionales del sistema de salud.
d) Promoción y educación para la salud: monitoreo y evaluación de las intervenciones en salud. (Infantil, tabaquismo, salud reproductiva).
e) Estudio epidemiológico en poblaciones sin servicio de saneamiento básico rural (agua potable, eliminación de excretas, disposición final de basura).
f) Calidad de los sistemas y servicios. (procedimientos, indicadores, guías).
g) Evaluación del impacto económico y social de enfermedades emergentes: hantavirus, dengue, HIV-SIDA, tuberculosis, chagas, esquistosomiasis, Síndrome úremico hemolítico, infecciones hospitalarias.
h) Evaluaciones de Costo-Efectividad.
i) Medicamentos: bioequivalencia; biodisponibilidad en antibióticos, ansiolíticos, corticoides. Prescripción por nombre genérico y medicamentos genéricos.
j) Patrones de prescripción y de consumo
k) Financiamiento (costos y gastos en medicamentos).
l) Gestión Hospitalaria: metodología para estudio de costos hospitalarios según nivel de complejidad de los establecimientos, índices de utilización de servicios. Demanda real y oculta. Oferta real y potencial.
ll) Desarrollo de Políticas, Planes, Capacidad de Gestión. Investigación y desarrollo e implementación de soluciones innovadoras de salud pública.
m) Políticas de medicamentos en Provincias e Instituciones.
ñ) Implementación y evaluación de programas de atención primaria.
o) Sistemas de información e indicadores de monitoreos de políticas y programas.
Art. 2° — Agrúpense las Becas "Ramón Carrillo - Arturo Oñativia" a otorgarse en el período 2002 de la siguiente manera:
a) Becas de Inserción "Ramón Carrillo - Arturo Oñativia" para Inserción de Investigadores:
b) Becas de Investigación "Ramón Carrillo - Arturo Oñativia" para Investigaciones Básicas y Clínicas.
c) Becas de Investigación "Ramón Carrillo - Arturo Oñativia" sobre Programas Sanitarios con Apoyo Institucional.
d) Becas de Investigación "Ramón Carrillo - Arturo Oñativia" a Nivel Hospitalario.
e) Becas de Investigación "Ramón Carrillo - Arturo Oñativia" de Programas Colaborativos Multicéntricos.
Art. 3° — Apruébense el número de becas y sus respectivos montos para las categorías de becas definidas en el artículo precedente según las modalidades establecidas en el ANEXO I de la presente Resolución.
Art. 4° — Prorróguense las Becas de Inserción "Ramón Carrillo - Arturo Oñativia" para la Inserción de Investigadores previamente adjudicadas y cuya nómina se adjunta como ANEXO II.
Art. 5° — Asígnese a la CONAPRIS, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES SANITARIAS E INVESTIGACION EN SALUD, las funciones de realizar la organización, la designación de jurados, la reglamentación de las condiciones para la inscripción y la reglamentación de las Becas de Investigación.
Art. 6° — Instrúyase a la CONAPRIS para que dé cumplimiento a lo señalado en el artículo anterior a efectos de abrir la inscripción de las citadas Becas a partir del 15 de julio y hasta el 15 de agosto de 2002 y para que una vez concluido el proceso de evaluación proponga y eleve al MINISTRO DE SALUD los nombres de los beneficiarios designados con descripción de los Proyectos y fechas de iniciación
Art. 7° — Instrúyase a las áreas técnicas correspondientes para que celebren de acuerdo con las necesidades del Programa convenios con Instituciones Universitarias.
Art. 8° — El gasto que demande la ejecución de las Becas previstas en la presente Resolución será imputado a las partidas presupuestarias específicas del ejercicio vigente.
Art. 9° — Los estipendios se abonarán en dos pagos semestrales.
Art. 10. — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ginés M. González García.
ANEXO I
La Beca "Ramón Carrillo - Arturo Oñativia" comprende:


  • Becas de Inserción "Ramón Carrillo - Arturo Oñativia" destinadas a la inserción de Investigadores. Se trata de prórroga de becas ya adjudicadas.


Monto total: pesos veintitrés mil ($ 23.000) distribuidos de la siguiente manera: pesos dieciocho mil ($ 18.000) para el beneficiario de la beca y, pesos cinco mil ($ 5.000) para la adquisición de insumos.
Cantidad total de becas a otorgar: 8 (ocho).


  • Becas de Investigación "Ramón Carrillo - Arturo Oñativia" para Investigaciones Básicas y Clínicas.


Monto total: pesos veintiún mil ($ 21.000) distribuidos de la siguiente manera: pesos seis mil ($ 6.000) para los Beneficiarios de la Beca, pesos nueve mil seiscientos ($ 9.600) para los Becarios a cargo, y pesos cinco mil cuatrocientos ($ 5.400) para la adquisición de insumos.
Cantidad total de Becas: 22 (veintidós)


  • Becas de Investigación "Ramón Carrillo - Arturo Oñativia" sobre Programas Sanitarios con Apoyo Institucional.


Monto total: pesos veintiún mil ($ 21.000) distribuidos de la siguiente forma: pesos doce mil ($ 12.000) para los Beneficiarios de la Beca, pesos cinco mil ($ 5.000) destinados a la Institución, y pesos cuatro mil ($ 4.000) para la adquisición de insumos.
Cantidad de Becas: 20 (veinte).


  • Becas de Investigación "Ramón Carrillo - Arturo Oñativia" a Nivel Hospitalario.


Monto total: pesos veintiún mil ($ 21.000) distribuidos de la siguiente manera: pesos nueve mil seiscientos ($ 9.600) para los Beneficiarios de la Beca, pesos seis mil ($ 6.000) para el Hospital y pesos cinco mil cuatrocientos ($ 5.400) para la adquisición de insumos.
Cantidad de Becas: 28 (veintiocho)


  • Becas de Investigación "Ramón Carrillo - Arturo Oñativia" sobre Programas Colaborativos Multicéntricos.


Monto total: pesos seiscientos treinta mil ($ 630.000).
Asignación: invitación sujeta a la propuesta del Comité de Selección (jurados). Cantidad de Becas: hasta un máximo 34 (treinta y cuatro).


  • Convenios con Entidades Universitarias. Monto total: hasta pesos ciento trece mil novecientos cincuenta ($ 113.950.-).


ANEXO II

Administracionius UNLP

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