MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE
Decreto 1195/2005
Desígnase Interventor Normalizador del Hospital Nacional "Profesor Alejandro Posadas".
Bs. As., 22/9/2005
VISTO el Expediente Nº 1-2002-7643/05-7 del registro del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 19.337 se dispuso que a partir del 1 de enero de 1972, se transformen los establecimientos Hospitalarios que se detallan en el anexo en organismos de carácter descentralizado, encontrándose incluido en la nomina el HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS".
Que, la Ley 24.061 dispuso transferir a la jurisdicción de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, a partir del 1º de enero de 1992, la administración y financiamiento del mencionado nosocomio, transferencia que nunca fue aceptada por dicha provincia.
Que, para lograr la transferencia administrativa y financiera mencionada, el Decreto Nº 163 del 23 de enero de 1992 dispuso establecer un régimen de transferencia de recursos para el pago de servicios de salud, educativos, programas sociales, entre otros, los que incluían al HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS".
Que, por convenio firmado entre el entonces MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL y la PROVINCIA DE BUENOS AIRES y aprobado por Resolución del EX-MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL Nº 642 del 08 de septiembre del año 1993, se dispuso que la administración del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS" quede en cabeza de dicho Ministerio y estableció un sistema de financiación transitoria, "ad referéndum de la norma que modifique la Ley Nº 24.061.
Que con fecha 27 de Diciembre de 1993 fue sancionada la Ley Nº 24.307, la que en su artículo 27 establece que el ESTADO NACIONAL continuará administrando el HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS".
Que a partir de la Decisión Administrativa Nº 24 del 25 de abril de 2002, el HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS" forma parte de los Organismos a cargo del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE.
Que durante años, distintas circunstancias vinculadas con la actuación de los niveles de conducción del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS" dieron lugar a distintas intervenciones y limitaciones de la designación de quien ocupaba la dirección, generando inestabilidad en el gerenciamiento del mismo.
Que por otra parte, en la actualidad, resulta impostergable la necesidad de dinamizar el desenvolvimiento del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS" a fin de adecuarla a los nuevos lineamientos en las políticas de salud, desarrolladas en el PLAN FEDERAL DE SALUD.
Que es necesario que el HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS" formalice la propuesta de estructura organizativa y funcional.
Que además, se ha establecido como prioridad improrrogable la necesidad de normalizar la entidad, considerando para ello la instauración de una etapa de intervención normalizadora que resulte definitiva.
Que, a los fines del establecimiento de pautas de conducción, resulta de máximo interés que quien detente la función normalizadora asuma la responsabilidad de presentar una propuesta de planta funcional y un plan estratégico que resulte sustentable para el HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS".
Que el Doctor D. Bernardo César MASKIN (L.E. Nº 5.879.005), quien ha sido designado Interventor en virtud de la Resolución del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE Nº 480 del 4 de mayo de 2005, reúne las condiciones de idoneidad necesarias para desempeñar el cargo de Interventor Normalizador.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA
Artículo 1º — Dase por designado como Interventor Normalizador del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS" al Doctor D. Bernardo César MASKIN (L.E. Nº 5.879.005), a partir del 3 de mayo de 2005, con todas las facultades que las normas vigentes le otorgan al titular del órgano superior del mencionado Hospital.
Art. 2º —Encomiéndase al señor Interventor Normalizador la entrega dentro de un plazo no mayor a SESENTA (60) días, a partir de la entrada en vigencia del presente, ante las autoridades del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, de la formulación de la planta organizativa y funcional para el HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS", en el que quedará plasmada la actual conformación de su dotación de personal, ello tanto en su carácter nominativo como funcional y de dependencia.
Art. 3º — Encomiéndase al señor Interventor Normalizador la obligación de presentar a las autoridades del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, en un plazo no superior a los NOVENTA (90) días, un proyecto directriz que permita la formulación de un Plan Estratégico para el funcionamiento del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS", el que deberá resultar sustentable y contemplar los principios de equidad, eficiencia y eficacia.
Art. 4º — Encomiéndase al señor Interventor Normalizador la elaboración de una propuesta de planta funcional para el HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS", en la que se garantice la sustentabilidad de las acciones que se prevean para el Plan Estratégico, la que deberá ser presentada por ante las autoridades del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE para su consideración dentro del plazo de CIENTO VEINTE (120) días contados a partir de la entrada en vigencia del presente.
Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Ginés M. González García.