Estoy en: Foro > Fuentes > Legislación

MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION




MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución N° 485/2004

Bs. As., 25/6/2004

VISTO el Decreto N° 939/00, la Resolución N° 487/02-MS y el Expediente N° 71198/04-SSSALUD, y

CONSIDERANDO:

Que en las actuaciones citadas en el Visto tramita la celebración de un Acuerdo de Colaboración entre esta Superintendencia y el HOSPITAL NACIONAL PROF. DR. ALEJANDRO POSADAS, cuyo objeto es tanto la provisión y suministro de datos, como el acortamiento de los plazos de tramitación de los reclamos hospitalarios realizados en el marco del Decreto N° 939/00 y la Resolución N° 487/02- MS.

Que la celebración del acuerdo es propiciada por la Gerencia de Control Prestacional de este Organismo y constituye el primero de similares instrumentos que se pretende suscribir con otros Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada o Ministerios Provinciales.

Que el instrumento a celebrar reviste importancia como herramienta destinada a la obtención de información sanitaria y epidemiológica que permita conformar el Conjunto Mínimo Básico de Datos de la Seguridad Social de la República Argentina, de modo de obtener estadísticas homogéneas para la implementación de políticas sanitarias con base científica.

Que en forma paralela, el cumplimiento de las disposiciones del Acuerdo permitirá acelerar los plazos de tramitación que el aludido Hospital realice por prestaciones brindadas a beneficiarios de los Agentes del Seguro de Salud, en el marco del Decreto N° 939/00 y sus normas complementarias.

Que ha tomado la intervención que le compete la Gerencia de Asuntos Jurídicos de este Organismo.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos N° 1615/96 y 145/03.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE

ARTICULO 1° — Apruébase la suscripción del Acuerdo de Colaboración con el HOSPITAL NACIONAL PROF. DR. ALEJANDRO POSADAS que como Anexo forma parte integrante de este acto.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y oportunamente archívese. — Dr. RUBEN HUMBERTO TORRES, Superintendente, Superintendencia de Servicios de Salud.
———
NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar
e. 12/7 N° 452.387 v. 12/7/2004

Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION