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MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION




MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución N° 687/2005

Bs. As., 11/11/2005

VISTO el Expediente N° 94.324/05-SSSalud, las leyes N° 23.660 y 23.661, los Decretos N° 576/ 93 y 317/05; y

CONSIDERANDO:

Que la Superintendencia de Servicios de Salud cuenta entre sus atribuciones —y en su condición de continuador de la Administración Nacional del Seguro de Salud (ANSSAL) y de conformidad con lo previsto por el art. 29 de la ley N° 23.661 y el Decreto N° 1615/96 —con el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES, que funciona en la órbita de la Gerencia de Control Prestacional de este Organismo.

Que por otra parte, el Decreto N° 317/05, que instaura el Sistema de Contrataciones Regionales de las Obras Sociales, en su Anexo I, punto 11 prevé que "Los prestadores existentes en cada una de las regiones, que pretendan incorporarse al Sistema, deberán ajustarse a las normas del Programa de Acreditación de Prestadores del Anexo III, de modo de asegurar el cumplimiento de recaudos tendientes a proveer una mayor calidad y homogeneidad de los servicios de salud que se brinden a los beneficiarios. El incumplimiento de las aludidas normas de acreditación por parte del prestador facultará a la Superintendencia de Servicios de Salud a disponer su baja del Registro de Prestadores".

Que por su parte, el Anexo III del referido decreto dispone como objetivo general del Programa de Acreditación y/o Certificación de Prestadores, promover la mejora institucional continua, mediante la incorporación de estándares mínimos que permitan homogeneizar las prestaciones y la calidad de la atención.

Que es prioridad de este Organismo la modernización, optimización y adecuación de sus misiones y funciones para el logro de los cometidos que las normas vigentes le atribuyen.

Que la ORGANIZACION IBEROAMERICANA DE LA SEGURIDAD SOCIAL (OISS) es un organismo internacional, que colabora con la Superintendencia de Servicios de Salud en los esfuerzos de cooperación en los Programas de Seguridad Social.

Que en esa inteligencia, resulta necesario convenir con la OISS el desarrollo de acciones tendientes a la creación de una Oficina u Ente similar destinado para la acreditación de instituciones acreditadoras de Establecimientos Prestadores de Servicios de Salud.

Que en virtud de lo expuesto, se ha elaborado el pertinente proyecto de Convenio de Cooperación a celebrarse entre esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD y la ORGANIZACION IBEROAMERICANA DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones previstas por los Decretos N° 1615/96 y 145/03.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase la suscripción del CONVENIO DE COOPERACIÓN con la ORGANIZACIÓN IBEROAMERICANA DE LA SEGURIDAD SOCIAL que como Anexo I forma parte del presente acto administrativo.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese. — Dr. RUBEN HUMBERTO TORRES, Superintendente, Superintendencia de Servicios de Salud.

_______

NOTA: Esta Resolución se publica sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar

e. 17/11 N° 497.508 v. 17/11/2005

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