Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO VITAL Y MOVIL
Resolución 427/2005
Sustitúyese el Anexo I de la Resolución Nº 603/2004, en relación con la nómina de integrantes del citado Consejo en representación del sector empleador privado.
Bs. As., 31/5/2005
VISTO el Expediente Nº 1.094.514/2004 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 24.013 y sus modificatorias; los Decretos Nros. 2725 del 26 de diciembre de 1991 y 1095 del 25 de agosto de 2004 y la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 603 del 25 de agosto de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 1095/04 se convocó al CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL, creado por la Ley Nº 24.013, designándose como Presidente de dicho Consejo al Sr, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Que asimismo, por el Decreto citado en el considerando precedente se facultó al titular de esta Cartera de Estado para constituir el citado Consejo Nacional y para proceder a designar a los DIECISEIS (16) miembros titulares y a sus respectivos DIECISEIS (16) miembros suplentes que, en igual número y en representación de los trabajadores y de los empleadores, integrarán ese organismo, a propuesta de las entidades respectivas.
Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 603 del 25 de agosto de 2004, fue constituido el CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO VITAL Y MOVIL, designándose los integrantes del mencionado Consejo Nacional en representación sector empleador privado y del sector trabajador en calidad de Consejeros —titulares y sus respectivos suplentes—, de acuerdo a los Anexos I y II que integran la referida resolución.
Que mediante sendas notas de fecha 30 de mayo de 2005, Confederaciones Rurales Argentinas (CRA) y Confederación Intercooperativa Agropecuaria Cooperativa Limitada (CONINAGRO), modificaron la nominación de las personas que, en carácter de titulares, asumirán como consejeros ante el CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO VITAL Y MOVIL.
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario efectuar la sustitución del Anexo I que forma parte integrante de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 603 del 25 de agosto de 2004.
Que la presente medida se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 4º del Decreto Nº 1095/04.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
Artículo 1º — Sustitúyese el Anexo I de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 603 del 25 de agosto de 2004, por el Anexo que forma parte integrante de la presente.
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Tomada.
ANEXO