MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Resolución N° 1148/2005
Bs. As., 29/11/2005
VISTO el Expediente N° 024-99-81021085-7-790 del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), las Leyes N° 19.722, 24.714 y sus modificatorias, la Resolución SSS N° 14 de fecha 31 de julio de 2002, la Resolución SSS N° 60 de fecha 30 de noviembre de 2004, la Resolución D.E.-N N° 1289 de fecha 10 de diciembre de 2002, la Resolución D.E.-N N° 641 de fecha 29 de mayo de 2003, la Resolución D.E.-N N° 1390 de fecha 17 de diciembre de 2003 y la Resolución D.E.-N N° 996 de fecha 18 de octubre de 2005; y
CONSIDERANDO:
Que en el expediente citado en el VISTO se tramita la aplicación y modificación de los artículos 2° y 3° respectivamente, de la Resolución D.E.-N N° 996/05, sobre inclusión automática de empleadores al SISTEMA UNICO DE ASIGNACIONES FAMILIARES (SUAF).
Que los actos administrativos de alcance general pueden ser notificados a través de la publicación en el Boletín Oficial, resultando suficiente la citada publicación para exigir el cumplimiento de lo establecido en el acto administrativo respectivo.
Que la Resolución D.E.-N N° 996/05 establece que a partir del 1° de diciembre de 2005 todas las personas físicas y jurídicas de la actividad privada, comprendidas en el Régimen de la Ley N° 24.714, que se inscriban en el régimen de empleadores ante la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS quedan incluidos en forma directa en el SISTEMA UNICO DE ASIGNACIONES FAMILIARES.
Que por razones de economía procesal en la administración nacional y a fin de evitar el dispendio de recursos humanos, tecnológicos y económicos esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) estima procedente que los empleadores contemplados en el artículo 1° de la Resolución D.E.-N N° 996/05 debe darse por notificados de su ingreso al SISTEMA UNICO DE ASIGNACIONES FAMILIARES con la publicación de la presente Resolución.
Que en virtud de lo establecido en el párrafo precedente puede obviarse la notificación establecida en el artículo 2 de la Resolución D.E.-N N° 996/05.
Que, actualmente, la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL recibe periódicamente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS la nómina de empleadores que se dan de alta en el Régimen.
Que la información que brinda la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS citada precedentemente resulta necesaria para llevar a cabo la inclusión de empleadores al SISTEMA UNICO DE ASIGNACIONES FAMILIARES por el procedimiento establecido en la Resolución D.E.-N N° 996/05.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos, oportunamente, ha tomado la intervención de su competencia mediante la emisión del Dictamen N° 30.626 de fecha 15 de noviembre de 2005.
Que, en consecuencia, procede dictar el acto administrativo pertinente.
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley N° 24.241, el artículo 3° del Decreto N° 2741/91 y el Decreto N° 106/03.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Elimínase la notificación estipulada en el artículo 2° de la Resolución D.E.- N N° 996/05, considerando que la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución D.E.-N N° 996/05, de fecha 18 de octubre de 2005 resulta suficiente a los efectos de notificar el ingreso de los empleadores contemplados en la citada Resolución al SISTEMA UNICO DE ASIGNACIONES FAMILIARES.
ARTICULO 2° — Sustitúyese el artículo 3° de la Resolución D.E.-N N° 996/05 por el siguiente: "Establécese que para dar cumplimiento al procedimiento de ingreso de empleadores al SISTEMA UNICO DE ASIGNACIONES FAMILIARES estipulado en la presente, la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL utilizará la información sobre altas de empleadores que brinda la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS en forma periódica".
ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — EDUARDO BUSTOS VILLAR, Gerente General a/c Dirección Ejecutiva.
e. 5/12 N° 499.321 v. 5/12/2005