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MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL




[b] MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición Nº 120/2006

Registro N°726/06

Bs. As., 20/10/2006

VISTO el Expediente Nº 1.093.634/04 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que bajo las presentes actuaciones tramitó la homologación del acuerdo obrante a fojas 9/10, suscripto entre la empresa MAKING DREAMS SOCIEDAD ANONIMA y el SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO.

Que a fojas 48/49 de autos luce agregada la Resolución SECRETARIA DE TRABAJO Nº 8 de fecha 10 de enero de 2005, en la cual se homologara el acuerdo de marras.

Que con relación a lo pactado por las precitadas partes, a foja 58 de autos éstas presentan un nuevo acuerdo para su registro. En el mismo, establecen que se denomina "franquero" al personal permanente con prestación discontinua que se desempeña en la empresa con el objeto de cubrir los francos del personal, al que se le garantiza una remuneración mínima equivalente a 24 horas semanales.

Que los sectores intervinientes acreditan la representación que invisten con la documentación adjunta, ratificando los acuerdos en todos sus términos.

Que el ámbito territorial y personal de aplicación del acuerdo se circunscribe a la coincidencia de la actividad principal de la entidad empleadora signataria con la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para dictar la presente surgen de lo dispuesto por el Decreto Nº 628/05.

Por ello,

EL DIRECTOR DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:

ARTICULO 1º — Declárese registrado el acuerdo celebrado entre la empresa MAKING DREAMS SOCIEDAD ANONIMA y el SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO, obrante a foja 58 del Expediente Nº 1.093.634/04.

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente Acuerdo, obrante a foja 58 del Expediente Nº 1.093.634/04.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Disposición al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese al Departamento Control de Gestión para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. JORGE A. SCHUSTER, Director Nacional de Relaciones del Trabajo.

Expediente Nº 1.093.634/04

Buenos Aires, 31 de Octubre de 2006

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT 120/06, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 58 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 726/06. — VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo

Expte. N° 1.093.634/04

En la ciudad de Buenos Aires a los 26 días del mes de septiembre de dos mil seis, siendo las 15:30 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL – DIRECCION NACIONAL RELACIONES DEL TRABAJO, ante mí, Dr. MAURICIO J. RIAFRECHA VILLAFAÑE, Secretario de Relaciones Laborales del Departamento de Relaciones Laborales Nº 1, el Sr. MARTIN SOURIGUES en representación de la empresa MAKING DREAMS S.A., constituyendo domicilio especial en Sarmiento 1587 9º Piso oficina 6 de Capital Federal, por una parte y por la otra lo hace el Sr. JOSE PEDRO LOZANO, en representación del SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO, constituyendo domicilio especial en Moreno 625 de Capital Federal, quienes asisten al presente acto.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, las partes en conjunto y de común acuerdo MANIFIESTAN: Que visto el artículo cuarto del acuerdo de fs. 9/10, homologado por la Resolución ST Nº 8/05 (fs. 48/49), las partes signatarias establecen que se denomina "franquero" al personal permanente con prestación discontinua que se desempeña en la empresa con el objeto de cubrir los francos del personal. A dicho personal se le garantizará una remuneración mínima equivalente a 24 horas semanales. Por lo expuesto solicitan a esa autoridad de aplicación el pertinente registro.

Siendo las 16:00 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes de conformidad previa lectura y ratificación ante mí que CERTIFICO.

Administracionius UNLP

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