[b] MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 255/2007
Registro Nº 406/07
Bs. As., 20/3/2007
VISTO el Expediente Nº 1.178.352/06 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y
CONSIDERANDO:
Que a foja 2 del Expediente mencionado en el Visto, obra el acta acuerdo suscripto entre la empresa TRANSENER SOCIEDAD ANONIMA y la ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que por el referido acta acuerdo las partes convienen abonar al personal representado por la precitada entidad gremial, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 669/04 "E", una suma fija no remunerativa por categoría a partir del mes de junio de 2006, bajo el concepto "suma acta junio 2006".
Que de las constancias de autos surge la personería invocada por las partes y la facultad de negociar colectivamente.
Que en tal sentido, cabe destacar que el ámbito de aplicación del presente acuerdo, se corresponde con la empresa signataria y la representatividad de los trabajadores por medio de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que se advierte que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo del derecho del trabajo encontrándose asimismo acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Declárase homologado el acta acuerdo suscripta entre la empresa TRANSENER SOCIEDAD ANONIMA y la ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA, el que luce agregado a foja 2 del expediente Nº 1.178.352/06, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente acta acuerdo, obrante a foja 2 del expediente Nº 1.178.352/06.
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Gírese al Departamento Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, para la notificación a las partes signatarias.
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.178.352/06
Buenos Aires, 28 de Marzo de 2007
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 255/07, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de referencia, quedando registrado con el número Nº 406/07. — VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación-D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
En la ciudad de Buenos Aires, a los 10 días del mes de junio de 2006, reunidas por una parte la empresa TRANSENER S.A., representada en este acto por el Sr. Carlos O. Bobillo y el Sr. José Luis Baliña en su carácter de Gerente de Recursos Humanos y Jefe del Departamento de RR. II. Respectivamente y por la otra la Asociación del Personal Jerárquico del Agua y la Energía A.P.J.A.E., representada por el Sr. Diego R. E. Orellano y el Sr. Edgardo Peres en su carácter de Presidente y Secretario de RR. LL: respectivamente, manifiestan lo siguiente:
PRIMERA: Los signatarios del presente acuerdan abonar al personal representado por la Asociación del Personal Jerárquico del Agua la Energía una suma fija mensual no remunerativa por categoría a partir del mes de Junio del corriente año bajo el concepto "SUMA ACTA JUNIO 2006" de acuerdo con el cuadro que se indica a continuación:
CATEGORIAS F |
CATEGORIAS G |
BANDAS DE SALARIO BASICO |
SUMA FIJA NO REMUNERATIVA |
|
G4 |
4.001 - 4.800 |
700 |
F4 |
G3 |
3.451 - 4.000 |
|
F3 |
G2 |
2.951 - 3.450 |
600 |
F2 |
G1 |
2.451 - 2.950 |
500 |
F1 |
|
2.000 - 2.450 |
400 |
SEGUNDA: Las partes acuerdan que en el mes de Febrero del año 2007 se reunirán para convenir la forma de convertir las sumas no remunerativas indicadas en la cláusula primera en remunerativas.
TERCERA: Los signatarios del presente acuerdan a partir del mes de mayo del corriente año incrementar a $ 300 (pesos trescientos) mensuales el monto en vales de comida previsto en el Art. 24º "Cuadro de Remuneraciones y Beneficios al Personal" del C.C.T. Nº 669/04 "E".
CUARTA: Por la firma de este acuerdo, la Empresa otorgará por única vez una Gratificación Extraordinaria no remunerativa al personal representado por la Asociación de $ 1.200 (Pesos un mil doscientos).
Dicha gratificación se abonará en el concepto indicado en la cláusula primera conjuntamente con el pago de los haberes del mes de Junio de 2006.
Leído y ratificado el presente en todos sus términos, las partes firman al pie en el lugar y fecha arriba indicados, tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, comprometiéndose a elevar el mismo para su correspondiente homologación ante la Autoridad de Aplicación correspondiente.