[b] Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL
Resolución 689/2007
Sustitúyense los Anexos I y II de la Resolución Nº 603/2004, en relación con la constitución del mencionado Consejo.
Bs. As., 10/7/2007
VISTO el Expediente Nº 1.094.514/2004 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 24.013 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 2725 del 26 de diciembre de 1991 y 1095 del 25 de agosto de 2004 y las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nros. 603 del 25 de agosto de 2004, 743 del 28 de julio de 2006 y Nº 760 del 28 de julio de 2006, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 1095/04 se convocó al CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL, creado por la Ley Nº 24.013, designándose como Presidente de dicho Consejo al Sr. Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Que asimismo, por el Decreto citado en el considerando precedente se facultó al titular de esta Cartera de Estado para constituir el citado Consejo Nacional y para proceder a designar a los DIECISEIS (16) miembros titulares y a sus respectivos DIECISEIS (16) miembros suplentes que, en igual número y en representación de los trabajadores y de los empleadores, integrarán ese organismo, a propuesta de las entidades respectivas.
Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 603 del 25 de agosto de 2004, fue constituido el CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL, designándose los integrantes del mencionado Consejo Nacional en representación sector empleador privado y del sector trabajador en calidad de Consejeros —titulares y sus respectivos suplentes—, de acuerdo a los Anexos I y II que integran la referida resolución.
Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 743 del 28 de julio de 2006 fue sustituido el Anexo II de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 603/04.
Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 760 del 28 de julio de 2006 fue sustituido el Anexo I de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 603/04.
Que mediante nota de fecha 2 de julio de 2007, la CAMARA ARGENTINA DE COMERCIO (CAC) modificó la nominación de la persona que, en carácter de consejero alterno, integrará la representación empresaria.
Que por nota de fecha 6 de julio de 2007, la CONFEDERACION GENERAL DEL TRABAJO DE LA REPUBLICA ARGENTINA (CGT), modificó la nominación de sus consejeros titulares y alternos, solicitando la incorporación de los cambios operados.
Que mediante nota de fecha 10 de julio de 2007, la CENTRAL DE TRABAJADORES DE LA ARGENTINA (CTA), modificó la nominación de sus representantes titulares y suplentes, en los términos que surgen de la misma.
Que mediante nota de fecha 10 de julio de 2007, la UNION INDUSTRIAL ARGENTINA (UIA) modificó la nominación de sus consejeros titulares y alternos.
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario efectuar la sustitución del Anexo I que forma parte integrante de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 603 del 25 de agosto de 2004, modificado en su oportunidad por los Anexos que forman parte integrante de las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 743 del 28 de julio de 2006 y Nº 760 del 28 de julio de 2006.
Que la presente medida se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 4º del Decreto Nº 1095/04.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
[b] Artículo 1º — Sustitúyese el Anexo I de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 603 del 25 de agosto de 2004, por el Anexo I que forma parte integrante de la presente.
[b] Art. 2º — Sustitúyase el Anexo II de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 603 del 25 de agosto de 2004, por el Anexo II que forma parte integrante de la presente.
[b] Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Tomada.
ANEXO I
SECTOR EMPLEADOR
Consejeros |
Titular |
Daniel FUNES DE RIOJA |
Suplente |
Osvaldo DAPUETTO |
Titular |
Juan Carlos SACCO |
Suplente |
Juan José ETALA |
Titular |
Martín DEDEU |
Suplente |
Juan Carlos MARIANI |
Titular |
Juan Carlos LASCURAIN |
Suplente |
Guillermo MORETTI |
Titular |
Horacio MARTINEZ |
Suplente |
Julio CABALLERO |
Titular |
Luciano MIGUENS |
Suplente |
Abel F. GUERRIERI |
Titular |
Eduardo Oscar BUZZI |
Suplente |
Guillermo Luis GIANNASI |
Titular |
Mario LLAMBIAS |
Suplente |
Ricardo GRIMAU |
Titular |
Fernando Alberto GIOINO |
Suplente |
Miguel Angel GIRAUDO |
Titular |
Ovidio BOLO |
Suplente |
Pedro ETCHEBERRY |
Titular |
Jorge ALVAREZ |
Suplente |
Norberto PELUSO |
Titular |
Osvaldo José CORNIDE |
Suplente |
Jorge Alberto BIENATI |
Titular |
Carlos Enrique WAGNER |
Suplente |
Gregorio CHODOS |
Titular |
Jorge Horacio BRITO |
Suplente |
Norberto C. PERUZZOTTI |
Titular |
Adelmo Juan José GABBI |
Suplente |
Eduardo Juan VIÑALES |
Titular |
Francisco DOS REIS |
Suplente |
Edgardo CARACOTCHE |
[b]
ANEXO II
SECTOR TRABAJADOR
Consejeros |
Titular |
Hugo Antonio MOYANO |
Suplente |
Abel FRUTOS |
Titular |
José Luis LINGERI |
Suplente |
Vicente MASTROCOLA |
Titular |
Gerardo MARTINEZ |
Suplente |
Angel GARCIA |
Titular |
Andrés RODRIGUEZ |
Suplente |
Omar VIVIANI |
Titular |
Patricia MARTIRE |
Suplente |
Nelso FARINA |
Titular |
José Luis BARRIONUEVO |
Suplente |
Carlos ACUÑA |
Titular |
Omar MATURANO |
Suplente |
Juan Carlos MURGO |
Titular |
Jorge LOBAIS |
Suplente |
José PEDRAZA |
Titular |
Juan José ZANOLA |
Suplente |
Noé RUIZ |
Titular |
Omar SUAREZ |
Suplente |
Juan Carlos SCHMID |
Titular |
Antonio CALO |
Suplente |
Domingo MOREYRA |
Titular |
Manuel PARDO |
Suplente |
Luis PEREZ |
Titular |
Gerónimo VENEGAS |
Suplente |
Martire DE JESUS |
Titular |
Daniel BARRAGAN |
Suplente |
Milagros SALAS |
Titular |
Pedro WASIEJKO |
Suplente |
José RIGANE |
Titular |
Hugo YASKY |
Suplente |
Pablo MICHELLI |