Ministerio del Interior
PARTIDOS POLITICOS
Resolución 210/2003
Asígnase un aporte destinado a colaborar con los gastos de impresión de boletas electorales para las alianzas, confederaciones o partidos políticos que concurran a las elecciones nacionales de Presidente y Vicepresidente de la Nación.
Bs. As., 10/4/2003
VISTO el Expediente N° 3071/2003 del registro de este Ministerio, la Ley N° 25.600 de Financiamiento de Partidos Políticos, y
CONSIDERANDO:
Que el Capítulo III de la Ley mencionada en el Visto establece el Financiamiento para campañas electorales, a fin de facilitar a las agrupaciones políticas de los medios económicos que contribuyan al cumplimiento de sus funciones institucionales.
Que es procedente en tal sentido otorgar un aporte destinado a contribuir con los gastos derivados de la impresión de boletas electorales que los partidos políticos tienen que afrontar al tiempo de realizarse una elección nacional.
Que por el Decreto N° 2356 del 19 de noviembre de 2002, se convoca a Elecciones Nacionales para elegir Presidente y Vicepresidente de la Nación el 27 de abril de 2003.
Que por razones presupuestarias y restricción del gasto resulta necesario determinar un valor que, como suma fija y en concepto de aporte para la impresión de boletas electorales, se otorgará a todas aquellas alianzas, confederaciones y partidos políticos que se presenten a dicha elección para la categoría de Presidente y Vicepresidente de la Nación tomando en cuenta el mayor costo que deben afrontar para la campaña electoral.
Que la norma faculta a este Ministerio a determinar el monto que por tal concepto se liquidará a los mismos.
Que el Servicio Jurídico permanente de la jurisdicción ha tomado la debida intervención.
Que el presente acto se dicta conforme a lo establecido en Ley N° 25.600 de Financiamiento de Partidos Políticos.
Por ello,
EL MINISTRO DEL INTERIOR
RESUELVE:
Artículo 1° — Asígnase un aporte destinado a colaborar con los gastos de impresión de boletas electorales en que deban incurrir las alianzas, confederaciones o partidos políticos reconocidos que concurran a elecciones nacionales en la categoría de Presidente y Vicepresidente de la Nación y que figuran en el Anexo I que forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 2° — Si una vez recibido este aporte alguna de las agrupaciones políticas se abstuviere, aconseje votar en blanco o por otra agrupación, deberá restituir los importes percibidos, dentro de los TREINTA (30) días de adoptada esa decisión.
Art. 3° — La omisión del reintegro previsto en el artículo precedente provocará la suspensión del derecho a participar del Fondo Partidario Permanente hasta la restitución total de la suma adeudada.
Art. 4° — El gasto que ocasione la presente se imputará al Programa 16, Actividad 03, inciso 5, Partida Principal 1, Partida Parcial 7 de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR, para el ejercicio 2003.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge R. Matzkin.
ANEXO I
AGRUPACIONES POLITICAS |
MONTO EN PESOS |
|
|
UNION Y LIBERTAD - ORDEN NACIONAL |
120.000,00 |
UNION DEL CENTRO DEMOCRATICO - ORDEN NACIONAL |
120.000,00 |
SOCIALISTA - ORDEN NACIONAL |
120.000,00 |
CONFEDERACION PARA QUE SE VAYAN TODOS |
120.000,00 |
ALIANZAS UNIDOS O DOMINADOS |
120.000,00 |
UNION CIVICA RADICAL - ORDEN NACIONAL: |
120.000,00 |
MODIN - ORDEN NACIONAL |
120.000,00 |
SOCIALISTA AUTENTICO - ORDEN NACIONAL |
120.000,00 |
MOVIMIENTO DE INTEGRACION Y DESARROLLO - |
120.000,00 |
ORDEN NACIONAL |
|
ALIANZA FRENTE MOVIMIENTO POPULAR |
120.000,00 |
UNION POPULAR - ORDEN NACIONAL |
120.000,00 |
POPULAR DE LA RECONSTRUCCION – ORDEN NACIONAL |
120.000,00 |
ALIANZA MOVIMIENTO FEDERAL PARA RECREAR EL CRECIMIENTO |
120.000,00 |
DEMOCRATA CRISTIANO - ORDEN NACIONAL |
120.000,00 |
OBRERO - ORDEN NACIONAL |
120.000,00 |
ALIANZA FRENTE POR LA LEALTAD |
120.000,00 |
ALIANZA IZQUIERDA UNIDA |
120.000,00 |
ALIANZA FRENTE PARA LA VICTORIA |
120.000,00 |
ALIANZA TIEMPO DE CAMBIOS |
120.000,00 |
HUMANISTA - ORDEN NACIONAL |
120.000,00 |
ALIANZA AFIRMACION PARA UNA REPUBLICA IGUALITARIA |
120.000,00 |