MINISTERIO DEL INTERIOR
Decisión Administrativa 624/2004
Exceptúase a la Policía Federal Argentina y al Registro Nacional de las Personas, dependientes del citado Ministerio, de lo dispuesto en el Artículo 28 de la Ley Nº 25.827, hasta determinados límites máximos en pesos en lo referido a contrataciones en materia de personal. Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2004.
Bs. As., 30/11/2004
VISTO el Expediente Nº S01:0232849/2004 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2004 aprobado por la Ley Nº 25.827, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 14 de enero de 2004, los Decretos Nº 682 de fecha 31 de mayo de 2004, Nº 908 de fecha 20 de julio de 2004 y Nº 917 de fecha 21 de julio de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario modificar el Presupuesto vigente de la JURISDICCION 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR, en lo que respecta a la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y al REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS a los efectos de atender erogaciones relacionadas con los Gastos en Personal que resultan indispensables para su normal funcionamiento, en virtud de la aplicación de las disposiciones que emanan del Decreto Nº 682 de fecha 31 de mayo de 2004, por el cual se otorgó a partir del 1 de junio de 2004, al personal de las Jurisdicciones y Organismos pertenecientes al PODER EJECUTIVO NACIONAL una suma mensual no remunerativa y no bonificable.
Que la POLICIA FEDERAL ARGENTINA y el REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismos integrantes de la JURISDICCION 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR, han solicitado incrementos en la partida presupuestaria denominada Contratos Especiales, en la cual se registran las contrataciones en materia de personal.
Que el Artículo 28 de la Ley Nº 25.827 establece para el Ejercicio 2004, que el gasto asignado para el personal contratado, cualquiera sea su naturaleza jurídica, no podrá superar los créditos presupuestarios devengados al cierre del Ejercicio 2003.
Que, como consecuencia de los compromisos asumidos por la POLICIA FEDERAL ARGENTINA y el REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, resulta necesario exceptuarlos de las disposiciones establecidas en el Artículo 28 de la Ley Nº 25.827, hasta un límite máximo de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS DIEZ ($ 288.610) y de PESOS ONCE MILLONES SETECIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE ($ 11.709.619), respectivamente.
Que con el objeto de asegurar un adecuado desenvolvimiento de las actividades de las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional, en un marco de celeridad para resolver algunas situaciones puntuales, mediante el Decreto Nº 908 de fecha 20 de julio de 2004 se facultó al señor Jefe de Gabinete de Ministros, con intervención de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, a ampliar el límite establecido por el Artículo 28 de la Ley Nº 25.827.
Que, a los fines de no incrementar el nivel de gasto vigente, se efectúa una disminución de los créditos asignados a la JURISDICCION 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del Artículo 13 de la Ley Nº 25.827, de conformidad con lo establecido por el Decreto Nº 908 de fecha 20 de julio de 2004 y por el Artículo 6º del Decreto Nº 917 de fecha 21 de julio de 2004, y por el apartado II) inciso b) de la Planilla Anexa al Artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 14 de enero de 2004.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º — Exceptúase a la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, dependiente de la JURISDICCION 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR, de lo dispuesto en el Artículo 28 de la Ley Nº 25.827 hasta un límite máximo de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS DIEZ ($ 288.610), en lo referido a las contrataciones en materia de personal, desde el 1 de enero de 2004 hasta el 31 de diciembre de 2004.
Art. 2º — Exceptúase al REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, dependiente de la JURISDICCION 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR, de lo dispuesto en el Artículo 28 de la Ley Nº 25.827 hasta un límite máximo de PESOS ONCE MILLONES SETECIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE ($ 11.709.619), en lo referido a las contrataciones en materia de personal, desde el 1 de enero de 2004 hasta el 31 de diciembre de 2004.
Art. 3º — Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2004, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto A. Fernández. — Roberto Lavagna.
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NOTA: Las planillas anexas no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar