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Ministerio del Interior




[b] Ministerio del Interior

MINISTERIO DEL INTERIOR

Resolución 314/2006

Créase el programa "Las víctimas contra las violencias" y desígnase a la Coordinadora del mismo

Bs. As., 13/3/2006

VISTO los Decretos Nº 1066 y Nº 1067 ambos de fecha 20 de agosto de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que mediante los Decretos citados en el Visto, se transfirieron a la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR las Fuerzas de Seguridad Nacionales, POLICIA FEDERAL ARGENTINA, GENDARMERIA NACIONAL Y PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.

Que ante un contexto que redunda diariamente en numerosas víctimas de la violencia en todas sus expresiones, el MINISTERIO DEL INTERIOR impulsará medidas concretas para prevenir, asistir y combatir la violencia en todas sus formas.

Que en ese marco, se propicia un plan de asistencia y prevención con el objeto de proteger a las víctimas menores de edad de la prostitución, el maltrato, las violencias, familiar y sexual, y la explotación infantil.

Que en tal sentido, se propicia la asistencia en emergencia y en urgencia preventiva, en su relación con los familiares, como así también el seguimiento de la situación de la víctima.

Que a los fines expuestos, se pondrá en ejecución un Programa que contenga acciones tendientes a la atención a las víctimas de violencia, cualquiera fuera su origen.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.

Que la presente medida se dicta en uso a las atribuciones emergentes de los Decretos Nº 1066 y Nº 1067 del 20 de agosto de 2004.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR
RESUELVE:

[b] Artículo 1º — Créase el programa "Las víctimas contra las violencias".

[b] Art. 2º — El objeto del programa consiste en la atención a las víctimas de abusos o maltratos, causados por el ejercicio de violencia cualquiera fuere su naturaleza, en un ámbito de contención, seguridad y garantía de sus derechos. Asimismo, el presente objeto incluye la lucha contra el maltrato, explotación y prostitución infantil.

[b] Art. 3º — En su implementación, las acciones a cumplir por el Programa creado precedentemente deberá incluir las debidas intervenciones de la Policía Federal Argentina, coordinada tal interacción según lo exigiere cada caso.

[b] Art. 4º — Desígnase Coordinadora del Programa "Las víctimas contra las violencias" a la Licenciada Eva Etelvina Giberti.

[b] Art. 5º — Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Aníbal D. Fernández.

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