[b] MINISTERIO DEL INTERIOR
Resolución 795/2007
Créase en el ámbito de la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal el Cuerpo de Capacitadores, conformado por funcionarios de las fuerzas de seguridad, que permita implementar, formular, desarrollar, perfeccionar, articular y coordinar las técnicas especiales para la investigación de delitos graves y complejos en materia de narcotráfico y crimen organizado.
Bs. As., 23/4/2007
VISTO la Ley 24.059 y el Convenio entre el Ministerio del Interior y el Ministerio Público Fiscal Nº 8/2005, y
CONSIDERANDO:
Que el MINISTERIO DEL INTERIOR tiene la facultad de coordinar, articular y controlar el funcionamiento de las Fuerzas de Seguridad del Estado Nacional y arbitrar los medios necesarios para optimizar su desempeño como auxiliares de la justicia —conf. Art. 183 del CPPN—.
Que la Ley 24.059 de Seguridad Interior establece como finalidad la planificación, coordinación y dirección de políticas de seguridad con el objeto de controlar y apoyar el esfuerzo nacional para el cumplimiento de las mismas, garantizándose "la plena vigencia de las instituciones del sistema representativo, republicano y federal que establece la Constitución Nacional", conforme lo señalado en su artículo 2º.
Que es de interés del Ministerio Público Fiscal y del Ministerio del Interior de la Nación, promover e impulsar iniciativas que ayuden al cumplimiento de estos objetivos generando cambios al sistema de reacción penal, que potencien y refuercen las instituciones democráticas y su transparencia, al permitir un funcionamiento socialmente más justo del sistema de administración de justicia.
Que, como consecuencia de ello, el 28 de febrero de 2005 se celebró un convenio entre este Ministerio y la Procuración General de la Nación, por el cual se creó la Unidad de Apoyo Fiscal para la Investigación de Delitos Complejos en materia de Drogas y Crimen Organizado (UFIDRO), señalando en dicho documento la necesidad de "crear mecanismos institucionales entre las fuerzas de Prevención y Seguridad, en su función de auxiliar judicial, y el Ministerio Público Fiscal, que permitan obtener, concretar y sistematizar datos que sirvan para elevar la eficiencia en la persecución de aquellos delitos graves y complejos en materia de drogas, que afectan no solo a la sociedad, sino al orden socioeconómico.
Que resulta imprescindible aumentar los niveles de capacidad de investigación estatal, en los delitos complejos y graves de gran comercialización y distribución, tráfico y contrabando, en materia de drogas, por los perjuicios sociales y económicos que causan.
Que en este sentido, resulta conveniente emprender acciones tendientes a elaborar estrategias que permitan mejorar los niveles de efica cia de los distintos organismos estatales que se vinculan de algún modo con esta materia, a través de un trabajo conjunto y coordinado, que redunde en beneficio de la persecución penal pública de aquellas conductas.
Que como consecuencia de ello, durante los días 27 y 28 de noviembre de 2006 y los días 11 y 12 de diciembre ppdos., se llevó a cabo en esta ciudad el primer Encuentro Regional de Trabajo y Coordinación Policial sobre Narcotráfico y Crimen Organizado (Regiones NOA y NEA), organizado por la UFIDRO, del que participaron los Jefes Policiales de las provincias de Formosa, Chaco, Misiones, Corrientes, Entre Ríos, Jujuy y Salta.
Que en el transcurso del cónclave los altos funcionarios policiales señalaron como uno de los principales escollos a los efectos de optimizar las investigaciones sobre narcotráfico, la carencia de actividades de capacitación para los cuerpos especializados en la materia en cada una de esas provincias.
Que a fin de paliar dicho estado de cosas se estima conveniente crear un CUERPO DE CAPACITADORES conformado por funcionarios de las fuerzas de seguridad nacionales, Policía Federal Argentina, Gendarmería Nacional, Prefectura Naval y Policía de Seguridad Aeroportuaria que permita implementar, formular, desarrollar, perfeccionar, articular y coordinar las técnicas especiales para la investigación de delitos graves y complejos en materia de narcotráfico y crimen organizado, para lo cual se establecerá una selección exhaustiva de personal con capacidad comprobada para dicha tarea.
Que la actividad de este cuerpo de capacitadores, deberá ser coordinada y supervisada por la U.F.I.DRO., en los términos del convenio de fecha 28 de febrero de 2005 ya citado.
Que la adopción de las medidas aquí impulsadas, no produce menoscabo de ninguna de las garantías individuales consagradas en nuestra Carta Magna ni en los Pactos incorporados mediante el artículo 75 inciso 22 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades otorgadas al suscripto por el artículo 4º inciso b), apartados 1, 9, 15 -19, el artículo 17 inc. 1, 23 de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (t.o. Decreto 1066/04 y sus modificatorias).
Por ello,
EL MINISTRO DEL INTERIOR
RESUELVE:
[b] Artículo 1º — Créase en el ámbito de la DIRECCION NACIONAL DE INTELIGENCIA CRIMINAL del MINISTERIO DEL INTERIOR el CUERPO DE CAPACITADORES, conformado por funcionarios de las fuerzas de seguridad nacionales, Policía Federal Argentina, Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina y Policía de Seguridad Aeroportuaria que permita implementar, formular, desarrollar, perfeccionar, articular y coordinar las técnicas especiales para la investigación de delitos graves y complejos en materia de narcotráfico y crimen organizado.
[b] Art. 2º — Facúltase en ese cuerpo de capacitadores la elaboración, implementación, desarrollo y seguimiento de un programa de formación, capacitación y entrenamiento para los funcionarios de las fuerzas de seguridad nacionales y provinciales.
[b] Art. 3º — La actividad de este cuerpo de capacitadores, será coordinada y supervisada por la U.F.I.DRO.
[b] Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández.