MONUMENTOS NACIONALES
Ley 25.455
Declárase al Convento de San Carlos, en la provincia de Santa Fe, y al campo contiguo al monasterio, donde se libró el combate de San Lorenzo.
Sancionada: Agosto 8 de 2001.
Promulgada de Hecho: Setiembre 6 de 2001.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
Artículo 1º — Modifícase el artículo 1º de la Ley 12.648, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Declárase monumento nacional el histórico convento de San Carlos, en la provincia de Santa Fe y el campo contiguo al monasterio, donde se libró el combate de San Lorenzo. Compréndese con ese carácter al monumento y lámpara votiva que honran a los próceres de la batalla de San Lorenzo.
Art. 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL UNO.
— REGISTRADA BAJO EL Nº 25.455 —
RAFAEL PASCUAL. — MARIO A. LOSADA. — Guillermo Aramburu. — Juan C. Oyarzún.