[b] MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS NACIONALES
Decreto 35/2006
Declárase monumento Historiaoacute;rico nacional al Palacio Sarmiento, de la ciudad de Buenos Aires, y lugares Historiaóricos nacionales a las Plazas "Rodríguez Peña" y "Jardín de los Maestros" y a la Plazoleta "Petronila Rodríguez", de la citada ciudad.
Bs. As., 10/1/2006
VISTO el Expediente Nº 6023/2004 del registro de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, por el que se propone la declaratoria como monumento Historiaoacute;rico nacional del "PALACIO SARMIENTO" y como lugar Historiaórico nacional a las PLAZAS "JARDIN DE LOS MAESTROS" y "RODRIGUEZ PEÑA" y la PLAZOLETA "PETRONILA RODRIGUEZ", de la ciudad de BUENOS AIRES, y
CONSIDERANDO:
Que a fines del siglo XVIII don Juan Antonio RODRIGUEZ llegó desde su ESPAÑA natal a la ciudad de BUENOS AIRES, donde se estableció como comerciante y logró una sólida posición económica.
Que hacia el año 1824 era propietario de CUATRO (4) manzanas situadas entre las actuales calles MONTEVIDEO, Marcelo Torcuato de ALVEAR y avenidas CORDOBA y CALLAO.
Que su hija doña Petronila RODRIGUEZ, fallecida en 1882, dispuso en su testamento la construcción, en parte de ese predio, de un templo - la Iglesia de Nuestra Señora del Carmen-, de un Colegio de la Orden de Siervas de Jesús Sacramentado y de un Asilo, ambos anexos a la Iglesia, y de una escuela para SETECIENTAS (700) niñas que debía llevar su nombre.
Que el cuerpo central del edificio, de tres pisos, estaba destinado al museo y a la biblioteca del establecimiento.
Que el sector escolar contaba con DIEZ (10) salones para clases de enseñanza general, DOS (2) de dibujo y labores, y DOS (2) en forma de anfiteatro, asignados a los cursos de física, química, historia natural y música, con anexos para bibliotecas especiales.
Que exteriormente presenta una típica composición académica, con un cuerpo central saliente y empinadas mansardas con buhardillas.
Que los accesos principales están jerarquizados por cariátides y ménsulas antropomorfas, con figuras alegóricas de la "Educación Antigua" y la "Educación Moderna".
Que el tratamiento plástico y formal apela al estilo "renacimiento alemán", lo que denota la formación germana del autor del proyecto, el arquitecto argentino Carlos ALTGELT, quien estudió en el REAL MUSEO DE ARTES E INDUSTRIAS DE KREFELD, y en las REALES ACADEMIAS de BELLAS ARTES y de ARQUITECTURA de BERLIN.
Que el edificio fue inaugurado como sede provisional de los TRIBUNALES de la CAPITAL FEDERAL, y entre 1894 y 1903 albergó a la Escuela PETRONILA RODRIGUEZ.
Que desde ese año y hasta 1978 funcionó allí el CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION, una de cuyas Directoras, la profesora Clotilde SABATTINI, impuso al edificio el nombre de SARMIENTO, al cumplirse el 60º aniversario de la muerte del prócer.
Que en la actualidad es sede del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA DE LA NACION, y de la BIBLIOTECA NACIONAL DEL MAESTRO.
Que la plaza "RODRIGUEZ PEÑA" se inauguró en 1894, durante la gestión del Intendente
Municipal don Emilio BUNGE.
Que fue proyectada por el Director de Paseos, Carlos THAYS, de acuerdo a la concepción decimonónica inspirada en el romanticismo inglés.
Que, junto con la PLAZA "JARDIN DE LOS MAESTROS" y la PLAZOLETA "PETRONILA RODRIGUEZ", la PLAZA "RODRIGUEZ PEÑA" conforma un espacio verde que jerarquiza al PALACIO SARMIENTO —testimonio relevante de la importancia asignada a la educación en la Argentina de fines del siglo XIX— y conforma un ámbito urbano de alto valor patrimonial.
Que la COMISION NACIONAL DE MUSEOS Y DE MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS aconseja su declaratoria.
Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la debida intervención.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido por el artículo 4º de la Ley Nº 12.665 y su modificatoria.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
[b] Artículo 1º — Declárase monumento Historiaoacute;rico nacional al PALACIO SARMIENTO, ubicado en el Pasaje PIZZURNO Nº 935/953, de la ciudad de BUENOS AIRES, (Datos Catastrales: Circunscripción 20, Sección 7, Manzana 16, Parcela 9ª).
[b] Art. 2º — Declárase lugar Historiaoacute;rico nacional a la Plaza "RODRIGUEZ PEÑA", ubicada entre las calles Marcelo Torcuato de ALVEAR, RODRIGUEZ PEÑA, PARAGUAY y avenida CALLAO, de la ciudad de BUENOS AIRES (Datos Catastrales: Circunscripción 20, Sección 7, Manzana 2).
[b] Art. 3º — Declárase lugar Historiaoacute;rico nacional a la Plaza "JARDIN DE LOS MAESTROS", ubicada entre las calles Marcelo Torcuato de ALVEAR, RODRIGUEZ PEÑA, PARAGUAY y Pasaje PIZZURNO, de la ciudad de BUENOS AIRES (Datos Catastrales: Circunscripción 20, Sección 7, Manzana 15).
[b] Art. 4º — Declárase lugar Historiaoacute;rico nacional a la Plazoleta "PETRONILA RODRIGUEZ", ubicada entre las calles PARAGUAY, RODRIGUEZ PEÑA y Arturo CAPDEVILA, de la ciudad de BUENOS AIRES (Datos Catastrales: Circunscripción 20, Sección 7, Manzana 14).
[b] Art. 5º — La COMISION NACIONAL DE MUSEOS Y DE MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS realizará las gestiones y procedimientos establecidos en los artículos 3º, 4º, y 6º de la Ley Nº 12.665, modificada por la Ley Nº 24.252; artículos 1º y 2º del Decreto Nº 9.830/51, y en los artículos 8º (modificado por el Decreto Nº 144.643/43), 9º, 10 y 11 de su Decreto Reglamentario Nº 84.005/ 41, notificando a las partes interesadas los alcances y contenidos de las disposiciones citadas y las responsabilidades previstas en el artículo 8º de la Ley citada en primer término y en los artículos 40, 41 y 42 de su reglamentación, así como también practicará las inscripciones correspondientes en los Registros Catastrales y de la Propiedad.
[b] Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Aníbal D. Fernández.