Hola a todos, este tema lo abro al sólo efecto de adecuar la borrosa vista sobre el tema de Movistar y su falta de servicio en el día 02/04/2012. Que es lo que le corresponde, como sanción y hasta donde va la responsabilidad de Movistar???
Lo que me hace mucho ruido, es que realmente, en el caso de los celulares prepagos, al comprar un chip, jamás te entregan un contrato, por lo que uno no sabe exactamente en que consiste el servicio y hasta donde está enmarcada la responsabilidad de Movistar en este caso...
Que opinan ustedes???
Al abonar efectuas tu contraprestaciòn, en caso de que la otra parte no realize la suya es responsable de este incumplimiento a todo efecto del perjuicio que dicha falta ocasione, es una relaciòn jurìdica que no escapa a las generales de la ley...
Para el caso concreto y dado lo dificil que es tratar con estas empresas de servicios masivos (y lo frustante que puede llegar a resultar) es que existen las organizaciones de defensa del consumidor que tratan de equiparar la desventajosa situaciòn del cliente...
Si el reclamo es por la falta de servicio "per se" corresponde el reclamo directo en la compañia y en caso de resultado negativo concurrir a defensa del consumidor con el numero de reclamo para que prosigan el tramite, aquì las tramitaciones son muy sencillas y por supuesto no hace falta patrocinio...
Si el reclamo se trata ya no de la falta de servicio sino del perjucio ocasionado a raiz de esta (donde el monto va a ser superior al costo porcentual de unas horas de servicio justificando "molestar a la justicia"), lease como a quien el corte del servicio le ocasionò un perjucio concreto y suceptible de prueba, se puede recurrir a la justicia, como ya dije, sin escapar a las generales de la ley...
Saludos!
...Que muerda y vocifere vengadora,
ya rodando en el polvo tu cabeza.