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Multa transito


Hola gente como va?, queria consultarles los siguiente: 1)cuales son las normas que se aplican a la multas de transito en caba ademas de la 451 y cual seria el procedimiento, 2)lei en esa ley que pasado el año la multa prescribe en tanto y en cuanto no sea violatorio de la ley 24449 o algo asi de transito nacional, en el caso de que haya prescripto alguien tiene un modelo. Saben de algun libro de derecho de transito que hable sobre estos temas y que sean dentro de todo actual? , gracias, y si me dieran algun otro dato que necesite se los agradecere...

IGNASS Sin Definir Universidad

Respuestas
UMSA
EJA Moderador Creado: 21/08/09
1) Tengo entendido que en lo referente a disposiciones generales (responsabilidad, sanciones, extinción de la acción), es aplicable el Código de Faltas (Ley 451). Además, existe el Código de de Tránsito y Transporte (Ley 2148) que regula cuestiones más específicas relacionadas con el tránsito. En cuanto a la norma de forma, es aplicable la Ley 1217.

2) La prescripción no es de un año, sino de dos (art. 15, Ley 451), al igual que en el orden nacional.

3) No conozco ningún libro ni tampoco tengo un modelo, pero te digo que no es tan difícil. Sólo basta con que, si se dan las condiciones, interpongas la prescripción. El escrito hacelo vos. Es más sentido común que otra cosa.

Acá te dejo la normativa mencionada:

Ley de Procedimiento:

Ley 1217 - "Procedimiento de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" - Aprobación

Código de Faltas:

Ley 451 - Régimen de Faltas - Aprobación

Código de Tránsito y Transporte:

Ley 2148 - Código de Tránsito y Transporte

Saludos.

"La felicidad que da el dinero está en no tener que preocuparse de él; por ignorar ese precepto no es libre el avaro, ni es feliz".

Sin Definir Universidad
juanka Ingresante Creado: 21/08/09
Hola, la prescripción de la multas es de 2 años y es de orden publico por lo que la Direccion de transito cuando pedis el libre de deudas te tienen que sacar las multas que ya están prescriptas, y si te quieren cobrar es nulo de nulidad absoluta.- las veces que vendí un auto al pedir el libre de deuda ellos automaticamente sacan de la base de datos las que están prescriptas..suerte---

UNLP
LEX7 Usuario VIP Creado: 21/08/09
Mas alla del buen aporte de EJA, dejame decirte que los escritos en materia de faltas o contravenciones no varian de las de los otros fueros. Se rigen bajo en principio de la informalidad moderada. Un descargo es lo mas sencillo por hacer en estos casos, para elaborar tu defensa, es como cualquier otro escrito.
Si queres, podes consultar la carpeta de escritos penales que eleve a la sección de apuntes en éste sitio. Incluye un modelo de descargo por una infracción de tránsito (en donde la jueza no me toco ni un pelo...jajaja).

Saludos LEX7

Lo que digas Neil Armstrong, de todos modos no te creo nada...

Sin Definir Universidad
IGNASS Cursando Ingreso Creado: 26/08/09
Hola les comento que ademas tengo una multa que dice " a resolver por la unidad administrativa de faltas" del 2007 y pregunte como hacia para hablar con el juez o para pedir que me dieran la prescripcion y me dijeron que tenia que pedir turno , esto puede ser asi?, no estan impidiendo el acceso a la justicia y provocando un daños en el caso de que necesite venderlo?, es un tribunal o juzgado de faltas es decir judicial o es administrativo?? es un juzgado judicial o administrativo el que se encuentra en carlos pelegirni al 200?

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