"1) Los principales caracteres de los títulos de crédito son:
a) Necesidad: Es imprescindible que aquél que pretenda ejercer el derecho contenido en el título de crédito, tenga el mismo en su poder.
b) Literalidad: El derecho representado en un título de crédito es de carácter literal en razón de que su existencia, cuantía y exigibilidad se rige exclusivamente por el tenor escrito en el documento. El acreedor solamente puede exigir lo expresado en el título, nada más.
c) Autonomía: El titular del título de crédito lo adquiere en forma originaria, osea que la adquisición del derecho no deriva del tradens, sino que nace, ex novo, en la cabeza del accipiens, en oportunidad de recibir el titulo, mediante la tradición.
d) Abstracción: El título crédito se encuentra desvinculado de la causa (negocio jurídico) que le dio origen."
a) Necesidad: Es imprescindible que aquél que pretenda ejercer el derecho contenido en el título de crédito, tenga el mismo en su poder.
b) Literalidad: El derecho representado en un título de crédito es de carácter literal en razón de que su existencia, cuantía y exigibilidad se rige exclusivamente por el tenor escrito en el documento. El acreedor solamente puede exigir lo expresado en el título, nada más.
c) Autonomía: El titular del título de crédito lo adquiere en forma originaria, osea que la adquisición del derecho no deriva del tradens, sino que nace, ex novo, en la cabeza del accipiens, en oportunidad de recibir el titulo, mediante la tradición.
d) Abstracción: El título crédito se encuentra desvinculado de la causa (negocio jurídico) que le dio origen.
2) El pacto comisorio es la facultad que tiene la parte cumplidora en un contrato -suponiendo el incumplimiento de la otra- de resolver el mismo. Puede ser tácito o expreso, de lo que se derivan distintos efectos. Se aplica a los contratos con prestaciones recíprocas. Recomiendo la lectura de los arts. 1203 y 1204 del Código Civil, y art. 216, Código de Comercio.
Saludos.
"La felicidad que da el dinero está en no tener que preocuparse de él; por ignorar ese precepto no es libre el avaro, ni es feliz".