este es el caso:
Un menor de 17 años que transitaba por la via publica, es agredido por un perro, quien le ha ocasionado lesiones graves.
1¿que hecho ilicito se configuraria?
2 ¿quien o quienes estan legitimados pasiva y/o activamente? determine el factor de atribucion en cada uno de los casos.
3 como responderian los autores del hecho ilicito.
4¿que daños comprenderia lo reclamado por la victima?
5 ¿ como podria eximirse de responsabilidad el legitimado pasivo teniendo en cuenta el tipo de imputacion?
les agradeceria si me pueden dar una aproximacion.
Gracias desde ya!
saludos.
Aquí el dueño del animal debe responder, en el ámbito civil, por los gastos médicos que deba incurrir la víctima de la mordida, o por los daños o secuelas físicas del ataque. Pero también deben aplicarse las excepciones de los artículos 1125 y 1127 del Código Civil. Sin embargo, rara vez algún juzgado ha indagado si la persona agredida provocó al perro, o entró en la vivienda de manera ilegal. Solo se verifica el grado de ataque y nada más. Aquí debe entrar en acción el dueño del perro, probando que su perro realmente atacó como defensa, y no solo como ataque al azar. Es decir, probar que de alguna manera el animal fue incitado a reaccionar de esta manera. Lamentablemente en la justicia argentina esto es muy difícil, pero así como la persona mordida quiere hacer valer sus derechos, también tiene derechos el dueño del perro. Y ante estas situaciones, es por demás conveniente que el perro tenga todas las vacunaciones al día.
Si la persona es atacada, en cambio, por un perro callejero, es decir sin dueño, solo debe hacer la denuncia, donde será derivado al Hospital, pero no puede iniciar contra nadie ninguna acción civil. Quedará en este caso, a su criterio si decide individualizar el animal o no. Si decide individualizarlo, el destino del perro atacante será bastante desagradable, ya que será retirado por el Instituto responsable en ese caso, para ponerlo en observación y su destino final será bastante incierto.
En conclusión, el dueño del perro debe responder por los daños que cause su animal, ya sea a una persona u otro animal. Si el ataque es a otro perro, debe responder en forma civil por los daños y perjuicios causados, y en el ámbito penal, por delito de daño. Pero si el ataque es a una persona, si se prueba que el animal no fue provocado, responderá por los daños y perjuicios correspondientes.