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Estimados Foristas: Buen día!!, en la Facu, en la cátedra de Taller de Derecho Penal, me preguntaron ¿Qué sanciones penales hay para los que no persiguen los delitos?

Muchas gracias y Buen Martes para todos!

Saludos.

DANIEL1 Universidad de Palermo

Respuestas
UNLP
zekiel89 Usuario VIP Creado: 30/08/11
Hola,

ARTICULO 277.-

1.- Será reprimido con prisión de seis (6) meses a tres (3) años el que, tras la comisión de un delito ejecutado por otro, en el que no hubiera participado:

d) No denunciare la perpetración de un delito o no individualizare al autor o partícipe de un delito ya conocido, cuando estuviere obligado a promover la persecución penal de un delito de esa índole.

Saludos.

Universidad de Palermo
DANIEL1 Cursando Materias Creado: 30/08/11
Empezado por zekiel89

"Hola,

ARTICULO 277.-

1.- Será reprimido con prisión de seis (6) meses a tres (3) años el que, tras la comisión de un delito ejecutado por otro, en el que no hubiera participado:

d) No denunciare la perpetración de un delito o no individualizare al autor o partícipe de un delito ya conocido, cuando estuviere obligado a promover la persecución penal de un delito de esa índole.

Saludos.
"

+Ver post citado
Gracias por tu aporte!!. Buena semana!

Universidad de Palermo
DANIEL1 Cursando Materias Creado: 30/08/11
Estimados: ¿En qué otra normativa lo podría encontrar, o sólamente lo establece el Código?

Gracias

Saludos Dani

UNLP
zekiel89 Usuario VIP Creado: 30/08/11
Empezado por DANIEL1

"Estimados: ¿En qué otra normativa lo podría encontrar, o sólamente lo establece el Código?

Gracias

Saludos Dani
"

+Ver post citado
El art. 274 tambien podria ser... igual no se, depende que tema este dando el profesor, no creo que la haya sacado de la galera asi por que si, debe tener relacion con lo que daba, no?

UNMDP
BJL Súper Moderador Creado: 30/08/11
Además pueden haber sanciones disciplinarias internas... supongo que, por ejemplo, en la Policía podría haber alguna especie de sumario administrativo dentro de la fuerza y, llegado el caso, el desplazamiento del cargo...
Pero la única norma de fondo que entiendo hay es la que te dijo Zekiel.

Universidad de Palermo
DANIEL1 Cursando Materias Creado: 30/08/11
Muchas gracias a todos por los comentarios y aportes!!

Atte
Dani

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