1° antes que nada... puede ser que estes tambien en otro foro en el que suelo participar ... porque dejaron este mismo mensaje que haces vos... tal cual,,, casi un copiar y pegar...
El abogado es un caballero que salva vuestros bienes de vuestros enemigos y se los queda para él.
Lord Brougham
[b][i]
Yo te estaba por dejar algunas opciones pero estando en otro foro respondieron a un caso similar...(y creo que puede que seas vos)... asi que para ahorar te dejo las opciones que dieron, que fueron estas:
"Si es una empresa, no habilitada, sin nombre, sin estar inscripta... me imagino que el lo estas remitiendo a una persona fisica.
En dicho caso, fijate si le encontras un domicilio personal en el que lo puedas notificar. Si envias a este domicilio, agregale al TCL que "en el domicilio laboral no reciben las comunicaciones".
Tambien podes hacerle una denuncia ante el ministerio de trabajo para denunciar empleo no registrado, y van y hacen una inspeccion, quedando asi constatada la existencia de dicha "empresa" alli.
Otra posibilidad, es concurrir con un escribano publico y notificarlos mediante acta registral, aunque esto vas a tener que abonarlo (y posteriormente agregarlo en la liquidacion)."
Habria que consultar en el historico de Autopista de Anses o investigar el nro de documento del empleador, de ahi ver si tiene cuit-cuil y luego ver si hay algun domicilio fiscal registrado en afip...
Yo así localicé a unos cuantos talleres clandestinos, previa investigación..
Te resumo lo opinado hasta aquí, que está perfecto, y te doy otra opción:
a) notificá al domicilio de trabajo, como bien dicen. El empleador tiene presunción en contra.
b) Si no es el mismo, notificalo en el domicilio que figure en el recibo de sueldo, si es que el trabajador estaba en blanco, o en el de otro trabajador si lo conocés.
c) Si es una sociedad, debería tener un domicilio constituido. Este dato es importante pues se considera que si notificás ahí, hay una presunción legal irrevocable de que es donde están, por lo que se considera notificado casi contra cualquier otro tipo de prueba. Si podés averiguar el domicilio constituido, notificalo ahí.
Si estás en capital, podés averiguar en dos lados: en IGJ, que te cobran el informe, o en el Boletín Oficial, que no te cobran por averiguar. Como tienen que publicar el cambio de domicilio, pidiendo por el nombre de la empresa podés averiguarlo.
Saludos