Oponibilidad: Calidad del derecho o defensa que su titular puede hacer valer contra terceros (v. gr. oponibiliadd a los causabientes del vendedor de una compravta registrable debidamente inscripta)
hola!
dejo un ejemplo bien claro donde se ve claramente este "derecho" o "defensa": es el caso del art. 961, la accion revocatoria.
Ejemplo: A (deudor) tiene una deuda con B (acreedor). A vende a C su casa.
La venta es valida entre A y C, pero es inoponible a B , quien tiene accion para ejecutar los bienes enajenados.
Oponibilidad: Calidad del derecho o defensa que su titular puede hacer valer contra terceros (v. gr. oponibiliadd a los causabientes del vendedor de una compravta registrable debidamente inscripta)
Fuente:Diccionario manual juridico Abeledo- Perrot
Salud dios