ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS
Decisión Administrativa 2/2002
Apruébase la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la citada entidad autárquica en jurisdicción del Ministerio de Economía.
Bs. As., 30/5/2002
VISTO el Expediente N° 91/02 del Registro del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) actualmente en jurisdicción del MINISTERIO DE ECONOMIA, el Decreto N° 375 de fecha 24 de abril de 1997 ratificado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 842 de fecha 27 de agosto de 1997, el Decreto N° 16 de fecha 6 de enero de 1998, el Decreto N° 365 de fecha 3 de abril de 1998, el Decreto N° 197 de fecha 3 de marzo de 2000, el Decreto N° 355 de fecha 21 de febrero de 2002, el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, el Decreto N° 475 de fecha 8 de marzo de 2002 y la Ley N° 25.565, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 375 de fecha 24 de abril de 1997 se creó el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) en jurisdicción de la ex – SECRETARIA DE TRANSPORTE Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS del entonces MISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, estableciendo en el mismo sus objetivos y funciones.
Que por el Decreto N° 16 de fecha 6 de enero de 1998 se aprobó la estructura organizativa del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), determinando sus misiones y funciones.
Que por el Artículo 3° del Decreto N° 365 de fecha 3 de abril de 1998 se aprobó la escala salarial del personal del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA).
Que por el Decreto N° 197 de fecha 3 de marzo de 2000 se modificó la estructura organizativa del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), estructura vigente al día de la fecha.
Que por el Artículo 19 del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, se establece la obligación de presentar a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la propuesta de estructura de nivel operativo aplicando una importante reducción en relación a lo vigente, con el objeto de contribuir con los ahorros en la actual situación de emergencia.
Que mediante el Decreto N° 475 de fecha 8 de marzo de 2002, se transfirió el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) a la órbita del MINISTERIO DE ECONOMIA.
Que luego de un exhaustivo análisis de la estructura actual del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) se concluyó en la necesidad de modificar la misma con el objetivo de dotar al ente de una estructura que adopte criterios de eficiencia, racionalidad, austeridad y profesionalidad, capaz de cumplir acabadamente con los objetivos que le fueron asignados.
Que asimismo, y para el adecuado cumplimiento de las funciones, resulta menester trasladar dichos criterios definidos en el Considerando anterior a las funciones del Organismo Regulador, asignando la responsabilidad de su cumplimiento a las distintas áreas a crearse.
Que por otro lado, a través del presente se propone privilegiar la relación del ORSNA con los concesionarios y/o explotadores de aeropuertos, destinatarios éstos de las medidas conducentes a modernizar la actividad aeroportuaria, dotándola de mayor seguridad y elevando su nivel de servicios, con miras a brindar la satisfacción a los usuarios de dicho servicio.
Que a través de la presente, se racionaliza la estructura organizativa que hasta el momento se encuentra en vigencia en el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), reduciendo el número de gerencias y subgerencias actualmente vigentes, sin que ello implique menoscabo en el desarrollo de sus funciones.
Que la presente medida no implica incremento alguno de los créditos presupuestarios asignados al ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA).
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 100 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el inciso 12 del Artículo 16 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorios.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Apruébase la estructura organizativa del primer y segundo nivel operativo del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), entidad autárquica en jurisdicción del MINISTERIO DE ECONOMIA, de conformidad con el Organigrama, Objetivos y Atribuciones del Directorio y Responsabilidades Primarias y Acciones, que como Anexos I y II se incorporan a la presente, y la dotación de personal que como Anexo UIII, forma parte integrante de la presente medida.
Art. 2°— Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Alfredo N. Atanasof. — Roberto Lavagna.
ANEXO II
ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA)
OBJETIVOS
a) Asegurar la igualdad, el libre acceso y la no discriminación en el uso de los servicios e instalaciones aeroportuarias.
b) Asegurar que las tarifas que se apliquen por los servicios aeroportuarios prestados sean justas, razonables y competitivas.
c) Asegurar que el funcionamiento de los aeropuertos sea compatible con el normal desarrollo de la vida de la comunidad y con la protección del medio ambiente.
d) Propender a la obtención de la infraestructura aeroportuaria adecuada para satisfacer las necesidades de la actividad aeronáutica y asegurar su eficiente explotación.
e) Fiscalizar la realización de las inversiones aeroportuarias necesarias para alcanzar adecuados niveles de infraestructura que permitan satisfacer los futuros requerimientos de la demanda de tráfico aéreo.
f) Velar por la operación confiable de los servicios e instalaciones aeroportuarias de acuerdo a las normas nacionales e internacionales aplicables.
g) Impulsar la adecuación de la capacidad aeroportuaria contemplando la integración de las diferentes áreas y territorios nacionales, como así también el incremento del tráfico aéreo.
ATRIBUCIONES DEL DIRECTORIO
a) Cumplir y hacer cumplir el marco regulatorio propio y las normas complementarias y verificar su cumplimiento por parte de los explotadores aeroportuarios.
b) Dictar el reglamento interno del cuerpo, así como cualquier otra reglamentación que el PODER EJECUTIVO NACIONAL le delegue.
c) Dictar todos los Reglamentos que sean necesarios para el ejercicio de sus funciones.
d) Contratar y remover al personal del Organismo Regulador, cumpliendo a esos efectos con las normas legales vigentes.
e) Administrar el patrimonio del Organismo Regulador.
f) Definir las condiciones de aplicación de las normas para obras, instalaciones y operaciones de equipos en la medida de su competencia.
g) Dictar las normas reglamentarias a las cuales deberá ajustarse la prestación de los servicios aeroportuarios.
h) Vigilar el régimen de explotación propuesto por los operadores, en particular el régimen tarifario.
i) Establecer las bases y criterios para el cálculo de las tasas y aprobar los correspondientes cuadros tarifarios.
j) Aprobar los Planes Maestros y/o sus modificaciones, elaborados por los Explotadores de los aeropuertos.
k) Autorizar la realización de las obras e inversiones que se hubieran previsto.
l) Determinar los requerimientos mínimos exigidos a las aeroestaciones para postular su ingreso al Sistema Nacional de Aeropuertos, así como evaluar el cumplimiento de dichos requerimientos, a los fines de su admisión en el Sistema Nacional de Aeropuertos.
m) Aplicar las sanciones previstas en el marco normativo o en los respectivos contratos de concesión y/o en los reglamentos que dicte.
n) Fijar la superficie de despeje de obstáculos, actuando en coordinación con la FUERZA AEREA ARGENTINA.
o) En general, realizar todos los demás actos que sean necesarios para el cumplimiento de las acciones del Organismo Regulador y los objetivos del presente.
MISIONES Y FUNCIONES
I — UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Ejecutar exámenes y evaluaciones de las actividades del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), utilizando el enfoque integral e integrado de manera de asegurar la continua optimización de los niveles de eficiencia, eficacia y economía de la gestión.
Asesorar al Directorio en la determinación de normas y procedimientos inherentes al Sistema de Gestión y Control Interno.
ACCIONES
1. Elaborar el planeamiento general de la Auditoría Interna a desarrollarse en el Organismo.
2. Elaborar el Plan Anual de Auditoría, obtener su aprobación por el Directorio y remitirlo a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION para su discusión y aprobación.
3. Elaborar los Manuales y Procedimientos de Gestión del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA).
4. Evaluar el razonable cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos establecidos por la autoridad superior.
5. Revisar y evaluar integralmente los actos y la aplicación de los controles operacionales contables, de legalidad y financieros.
6. Practicar el seguimiento de sus recomendaciones y observaciones.
7. Producir informes de Auditoría sobre las actividades desarrolladas y formular las recomendaciones u observaciones que correspondan realizando su seguimiento.
II — GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Verificar el cumplimiento del marco regulatorio y sus disposiciones complementarias en el ámbito de su competencia, supervisando asimismo, el cumplimiento de las obligaciones por parte del Concesionario y/o Explotador aeroportuario y el cumplimiento de todas las normas legales relacionadas con la prestación de servicios aeroportuarios, tanto en el ámbito nacional como en el internacional.
Actuar con carácter de Servicio Jurídico permanente del Organismo Regulador.
ACCIONES
1. Producir dictamen en aquellos asuntos que le sean solicitados por el Directorio y/o por las Gerencias.
2. Asesorar al Directorio en la resolución de las diferencias entre el Concesionario o Explotador del aeropuerto y el Estado Nacional o entre éstos y los usuarios y en todo conflicto suscitado con motivo o en ocasión del desarrollo de actividades aeroportuarias.
3. Promover, ante los tribunales competentes, por mandato expreso del Directorio, las acciones legales tendientes a asegurar el cumplimiento de las Acciones y Objetivos asignados al Organismo Regulador, excepto en aquellos casos en los que sean parte organismos o dependencias gubernamentales en ejercicio de potestades públicas.
4. Asistir al Directorio en la aplicación de las sanciones que correspondan por violación de las disposiciones legales, reglamentarias o contractuales y en el establecimiento del procedimiento para su aplicación, asegurando el principio del debido proceso y la participación de los interesados.
5. Elaborar el Informe Anual del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) y someterlo al Directorio para su aprobación. Para el desarrollo de esta tarea la Gerencia estará facultada para solicitar los informes que sean necesarios a las restantes áreas del Organismo Regulador.
III — GERENCIA DE ADMINISTRACION Y PRESUPUESTO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Gestionar las actividades relativas a los servicios contables, económicos y financieros, de administración, de mantenimiento y suministros y administrar las políticas de personal.
ACCIONES
1. Analizar e interpretar las propuestas o políticas emanadas del Directorio respecto de las funciones de control y registración de Recursos y Gastos, Compras y Suministros, Contaduría, Presupuesto y Tesorería.
2. Proponer el presupuesto anual del Organismo Regulador controlando su avance y emitiendo informes periódicos al Directorio.
3. Elaborar el Balance General Anual del Organismo.
4. Registrar la Contabilidad General Presupuestaria y Patrimonial de Recursos y Gastos.
5. Proveer y suministrar los recursos materiales y servicios necesarios para el funcionamiento del Organismo Regulador.
6. Aplicar las normas que regulan al personal, su carrera administrativa, su capacitación y desarrollo y las relaciones laborales, procurando mejorar los niveles de productividad y satisfacción laboral y la calidad de la prestación de los servicios a cargo de la entidad.
7. Solicitar dictámenes a la Gerencia de Asuntos Legales y Administrativos cuando existan conflictos de orden jurídico.
IV — GERENCIA DE ANALISIS ECONOMICO Y USUARIOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Verificar que las tarifas que se apliquen por los servicios aeroportuarios prestados sean justas, razonables y competitivas.
Coordinar las relaciones del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) con personas físicas o de existencia ideal, sean públicas o privadas, atendiendo las necesidades y requerimientos que dentro del marco de su competencia le soliciten al mismo.
Propender a la satisfacción de los usuarios del servicio aeroportuario.
ACCIONES
1. Proponer al Directorio las bases y criterios para el cálculo de las tasas y los correspondientes Cuadros Tarifarios para lo cual tomará las previsiones necesarias a fin de determinar las metodologías de asignación de costos e ingresos que permitan evaluar la razonabilidad de las tarifas a aplicar.
2. Asesorar al Directorio en la determinación de los riesgos asegurables que necesariamente debe cubrir el Concesionario y/o Explotador del aeropuerto, incluyendo la cobertura de responsabilidad civil, así como los montos mínimos a ser asegurados.
3. Elevar anualmente un informe sobre la situación aeroportuaria y recomendaciones sobre medidas a adoptar en beneficio del interés público, incluyendo la protección de los usuarios y el desarrollo de la actividad aeroportuaria.
4. Registrar las tarifas que se fijen y los contratos que celebre el Concesionario o Explotador del aeropuerto por servicios no aeronáuticos, velando por el estricto cumplimiento de los principios contenidos en el Artículo 14 del Decreto N° 375/97.
5. Solicitar a los organismos y dependencias gubernamentales con atribuciones y/o vinculación directa o indirecta con la actividad aeroportuaria, toda clase de información que resulte conducente a los fines del cumplimiento de las funciones asignadas al Organismo Regulador.
6. Coordinar dentro de los aeropuertos del sistema, el desempeño de los distintos organismos y dependencias gubernamentales con atribuciones y/o vinculación directa o indirecta con la actividad aeroportuaria, incluidos los concesionarios de zonas francas, dentro de esos aeropuertos o en áreas aledañas.
7. Atender en primera instancia los requerimientos de los organismos y dependencias gubernamentales que surjan de la relación de éstos con el servicio aeroportuario.
8. Coordinar las relaciones del Organismo Regulador con instituciones privadas, usuarios directos y el responsable de las prestaciones de los servicios aeroportuarios.
9. Comunicar y asesorar a los usuarios del Sistema Nacional de Aeropuertos sobre sus derechos, como así también informar acerca de los servicios a los que pueden acceder los usuarios del sistema.
10. Verificar que los contratos que celebre el Concesionario con terceros se ajusten a las normas de defensa del consumidor, ordenanzas municipales, habilitaciones, sanidad e higiene.
11. Realizar análisis periódicos del estado de satisfacción de los usuarios directos de los aeropuertos, interpretarlos y proponer medidas correctivas.
12. Solicitar dictámenes a la Gerencia de Asuntos Legales y Administrativos cuando existan conflictos de orden jurídico.
V — GERENCIA DE AEROPUERTOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Propender a la obtención de la infraestructura aeroportuaria adecuada para satisfacer las necesidades de la actividad aeronáutica y asegurar su eficiente explotación.
Fiscalizar la realización de las acciones necesarias para alcanzar adecuados niveles de calidad de infraestructura, servicios y cuidado del medio ambiente que permitan satisfacer los actuales y futuros requerimientos de la demanda de tráfico aéreo.
Verificar el efectivo cumplimiento del Contrato de Concesión, velando por el mantenimiento, conservación y modernización de la infraestructura aeroportuaria de todos los aeropuertos integrantes del Sistema Nacional, supervisando la observancia de las obligaciones; de todas las normas del ámbito nacional e internacional y la prestación de los servicios correspondientes.
ACCIONES
1. Evaluar los Planes Maestros y/o sus modificaciones presentados por el Concesionario y/o Explotador del aeropuerto y controlar su cumplimiento.
2. Controlar que la operación y/o expansión de los aeropuertos sea compatible con una protección eficaz del medio ambiente y asegurar la calidad de las prestaciones.
3. Fiscalizar, controlar y asesorar al Directorio en la aprobación de las obras e inversiones previstas en los Planes Maestros.
4. Asegurar que el Concesionario y/o Explotador del aeropuerto cumpla y actualice los planes contenidos en el Plan Maestro de cada aeropuerto para el mantenimiento y conservación en buenas condiciones de los bienes afectados al servicio.
5. Colaborar en la determinación de los requerimientos mínimos exigidos a las aeroestaciones para postular su ingreso al Sistema Nacional de Aeropuertos, y en la evaluación del cumplimiento de dichos requerimientos a los fines de su admisión en el Sistema Nacional de Aeropuertos.
6. Asesorar al Directorio en las autorizaciones para la realización de toda obra que, con carácter de reparación de emergencia, deba efectuarse en los aeropuertos así como en la suspensión de la construcción de obras no autorizadas y/o en la remoción de las ya realizadas.
7. Realizar la evaluación técnica de las obras de mantenimiento o de mejoras a ejecutar por los Concesionarios o Explotador del aeropuerto, pudiendo requerir si lo considera necesario, la asistencia técnica de la FUERZA AEREA ARGENTINA.
8. Proponer los criterios para el desarrollo por parte del Concesionario de los Programas de Mantenimiento Mayor y Conservación Rutinaria y controlar su cumplimiento.
9. Verificar el efectivo cumplimiento del Contrato de Concesión en lo que sea materia de su competencia.
10. Coordinar, cuando corresponda, con los organismos y dependencias gubernamentales con atribuciones y/o vinculación directa o indirecta con la actividad aeroportuaria y otros sujetos interesados, que se estime necesario, en la formulación de planes y programas de infraestructura aeroportuaria en los aeropuertos integrantes del Sistema Nacional, cuidando de no alterar y/o afectar los derechos conferidos contractualmente al Concesionario aeroportuario.
11. Controlar que la operación de los servicios e instalaciones aeroportuarias se ajuste a las normas nacionales e internacionales aplicables.
12. Solicitar dictámenes a la Gerencia de Asuntos Legales y Administrativos cuando existan conflictos de orden jurídico.
ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA)
I — SUBGERENCIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Promover y verificar que el funcionamiento de los aeropuertos sea compatible con la normativa nacional e internacional vigente.
ACCIONES
1. Asesorar al Directorio en su intervención, en coordinación con la FUERZA AEREA ARGENTINA, en las deliberaciones de los organismos internacionales con atribuciones en materia aeroportuaria y en la celebración de los acuerdos respectivos.
2. Proponer las normas, sistemas y procedimientos requeridos para administrar, operar, conservar y mantener los aeropuertos integrantes del Sistema Nacional.
3. Asesorar al Directorio en la determinación de los requerimientos mínimos exigidos a las aeroestaciones para postular su ingreso al Sistema Nacional de Aeropuertos, y en la evaluación del cumplimiento de tales condiciones a los fines de su admisión en dicho sistema.
4. Proponer al Directorio, y actualizar cuando fuera necesario, en coordinación con la FUERZA AEREA ARGENTINA, criterios para el desarrollo por parte del Concesionario y/o Explotador del aeropuerto de Manuales de Seguridad Aeroportuaria, Manual de Operación Aeroportuaria, Planes de Emergencias Aeroportuarias, el Reglamento General de Uso y Funcionamiento de los Aeropuertos del Sistema Nacional de Aeropuertos, y controlar su cumplimiento. En este caso cuando lo considere necesario, dará intervención al Concesionario o Explotador del aeropuerto y a otros sujetos interesados.
5. Asesorar al Directorio en la determinación de la superficie de despeje de obstáculos, actuando en coordinación con la FUERZA AEREA ARGENTINA.
6. Asesorar al Directorio en la autorización de la contratación de servicios de control y vigilancia por parte del Explotador del aeropuerto y/o del Concesionario.
7. Solicitar dictámenes a la Gerencia de Asuntos Legales y Administrativos cuando existan conflictos de orden jurídico.
II — UNIDAD SECRETARIA GENERAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Dirigir el Despacho General y asegurar la distribución de la documentación administrativa a las distintas áreas o gerencias, registrando y gestionando la firma de las autoridades correspondientes en los proyectos o actos administrativos del Organismo y efectuar el seguimiento de aquellos que requieran firma conjunta, cumpliendo y haciendo cumplir las normas sobre procedimientos administrativos.
Dirigir las investigaciones sumarias ordenadas por el Directorio.
Ejercer el control del Sistema Nacional de Aeropuertos en materia informática, telecomunicaciones y aspectos tecnológicos, proponer normas y alternativas de desarrollo.
ACCIONES
1. Administrar, registrar, resguardar y controlar toda la documentación de competencia del ORSNA, cumpliendo con las exigencias de seguridad que posibiliten el resguardo de las mismas y su preservación.
2. Transcribir las actas de Reunión del Directorio y realizar su pase al Libro de Actas. Llevar el registro de Resoluciones, de Actas Conjuntas de Reunión con el Consejo Asesor y resguardar la documentación emanada del Directorio.
3. Efectuar el seguimiento de los trámites administrativos del ORSNA, cumpliendo y haciendo cumplir las normas relativas a procedimientos administrativos.
4. Efectuar el control formal, revisión y análisis de los proyectos de normas que ingresen a la Unidad, verificando su adecuación a las normas legales, reglamentarias y procedimientos vigentes.
5. Mantener informado al Directorio sobre el estado de los asuntos que se encuentren en trámite en el Organismo Regulador.
6. Asegurar la publicidad de las decisiones que adopte el Organismo Regulador, pudiendo incluir los antecedentes en base a las cuales fueron adoptadas las mismas.
7. Supervisar el cumplimiento de las normas sobre redacción y diligenciamiento de la documentación administrativa y demás disposiciones en vigencia.
8. Supervisar el cumplimiento de los requisitos exigidos por el PODER EJECUTIVO NACIONAL para la tramitación de proyectos de disposiciones, leyes o decretos.
9. Instruir las informaciones sumarias y, en su caso, los sumarios administrativos internos que sean ordenados por el Directorio del Organismo Regulador.
10. Instruir sumarios derivados de la denuncia de usuarios, previa decisión del Directorio del Organismo Regulador.
11. Instruir los sumarios que resulten de las infracciones a las obligaciones contractuales y reglamentarias por parte del Concesionario y/o de los explotadores de aeropuertos, así como las infracciones a disposiciones aplicables a los restantes actores de la actividad aeroportuaria, en la medida de la competencia del Organismo Regulador.
12. Proveer una adecuada y sostenida plataforma de servicios informáticos y de telecomunicaciones en un todo de acuerdo con las normas y estándares impuestos por los Organismos Controladores del PODER EJECUTIVO NACIONAL, así como la normativa nacional e internacional.
ACCIONES DE LAS SUBGERENCIAS
GERENCIA DE AEROPUERTOS
I — SUBGERENCIA TECNICA
ACCIONES:
1. Asistir al Gerente propiciando las acciones que resulten necesarias a fin de procurar una adecuada infraestructura aeroportuaria en los aeropuertos integrantes del Sistema Nacional.
2. Asistir al Gerente en la evaluación técnica de los Planes Maestros y/o sus modificaciones, presentados por los Explotadores de los aeropuertos y controlar su cumplimiento.
3. Asistir al Gerente en la fiscalización de los planes contenidos en el Plan Maestro para el mantenimiento y conservación en buenas condiciones de los bienes afectados al servicio, pudiendo requerir informes que estime necesarios para tal fin.
4. Asistir al Gerente en la evaluación técnica de las obras de mantenimiento o de mejoras a ejecutar por los Explotadores de los aeropuertos.
5. Asistir al Gerente en la propuesta de los criterios para el desarrollo, por parte de los Explotadores de los aeropuertos, de los Programas de Mantenimiento Mayor y Conservación Rutinaria y en el control de su cumplimiento.
6. Asistir al Gerente en las acciones de coordinación, cuando corresponda, con los organismos y dependencias gubernamentales con atribuciones y/o vinculación directa o indirecta con la actividad aeroportuaria y otros sujetos interesados, que se estime necesario, en la formulación de planes y programas de infraestructura aeroportuaria en los aeropuertos integrantes del Sistema Nacional, cuidando de no alterar y/o afectar los derechos conferidos contractualmente al Concesionario aeroportuario.
7. Asistir al Gerente en las autorizaciones para la realización de toda obra que, con carácter de reparación de emergencia, deba efectuarse en los aeropuertos concesionados, así como en la suspensión de la construcción de obras no autorizadas y/o en la demolición de las ya realizadas.
II — SUBGERENCIA DE CONTROL
ACCIONES:
1. Asistir al Gerente en la implementación de las acciones necesarias para controlar que la operación y/o expansión de los aeropuertos sea compatible con una protección eficaz del medio ambiente y asegurar la calidad de las prestaciones.
2. Verificar la observancia de normas, sistemas y procedimientos técnicos requeridos para administrar, operar, conservar y mantener los aeropuertos integrantes del Sistema Nacional de Aeropuertos.
3. Elaborar y elevar al Gerente un informe anual sobre la situación aeroportuaria y recomendaciones sobre medidas a adoptar en beneficio de la calidad del servicio y de la protección del medio ambiente en el desarrollo de la actividad aeroportuaria.
4. Fiscalizar y controlar la realización de las obras e inversiones que se hubieren previsto, a cargo del Concesionario.
5. Asistir al Gerente en la determinación de los requerimientos mínimos exigidos a las aeroestaciones para postular su ingreso al Sistema Nacional de Aeropuertos, y en la evaluación del cumplimiento de dichos requerimientos a los fines de su admisión en el Sistema Nacional de Aeropuertos.
6. Asistir al Gerente en las tareas necesarias para verificar el efectivo cumplimiento del Contrato de Concesión velando por el mantenimiento, conservación y modernización de la infraestructura aeroportuaria de todos los aeropuertos integrantes del Sistema Nacional, supervisando la observancia de las obligaciones; de todas las normas del ámbito nacional e internacional y la prestación de los servicios correspondientes.
7. Asistir al Gerente en la verificación que permita asegurar que el Concesionario y/o Explotador del aeropuerto cumpla y actualice los planes contenidos en el Plan Maestro de cada aeropuerto para el mantenimiento y conservación en buenas condiciones de los bienes afectados al servicio.
8. Colaborar con el Gerente en la realización de las verificaciones necesarias para controlar que la operación de los servicios e instalaciones aeroportuarias se ajuste a las normas nacionales e internacionales aplicables. En cumplimiento de esta atribución, la Subgerencia de Control tendrá derecho de acceso a las instalaciones aeroportuarias.
GERENCIA DE ADMINISTRACION Y PRESUPUESTO
I — SUBGERENCIA DE GESTION ADMINISTRATIVA
ACCIONES
1. Ejecutar las propuestas o políticas emanadas del Directorio respecto de las funciones de control y registro de Recursos y Gastos, Compras y Suministros y Contaduría.
2. Elevar informes periódicos sobre la ejecución real de Recursos y Gastos, los contratos de locación y adquisición de bienes, los pliegos de las respectivas licitaciones, y en general todos aquellos aspectos que fueran solicitados por los organismos de contralor.
3. Registrar la Contabilidad General Presupuestaria y Patrimonial de Recursos y Gastos.
4. Asistir al Gerente en la administración de las políticas fijadas por el Directorio en materia de personal y en la aplicación de las normas que regulan los recursos humanos.
GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS.
I — SUBGERENCIA TECNICA LEGAL
ACCIONES
1. Dictaminar con carácter previo a la toma de decisiones del Directorio, en aquellos asuntos que afecten derechos subjetivos.
2. Colaborar Con el Gerente en el procedimiento de resolución de las diferencias entre el Concesionario o Explotador del aeropuerto y el Estado Nacional o entre éstos y los usuarios y en todo conflicto suscitado con motivo o en ocasión del desarrollo de actividades aeroportuarias.
3. Asistir al Gerente en la promoción de las acciones legales tendientes a asegurar el cumplimiento de las acciones y objetivos asignados al Organismo Regulador.
4. Asistir al Gerente en la elaboración de los dictámenes que correspondan para la aplicación de las sanciones por violación de las disposiciones legales, reglamentarias o contractuales.