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Organo de Control de Concesiones Viales




Organo de Control de Concesiones Viales

TARIFAS

Resolución 383/2002

Apruébase la aplicación de las rebajas emergentes de la alícuota del Impuesto al Valor Agregado establecida por el artículo 1° del Decreto N° 2312/2002, en los Cuadros Tarifarios vigentes en los contratos de concesión de la Red de Accesos a la Ciudad de Buenos Aires.

Bs. As., 19/11/2002

VISTO el Expediente N° 5115/02 del Registro del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES y el Decreto N° 2312 de fecha 14 de noviembre de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1° del Decreto citado en el VISTO se dispuso la modificación de la alícuota prevista en el primer párrafo del artículo 28 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado de 1997 y sus modificaciones, para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del 18 de noviembre de 2002, y hasta el 17 de enero de 2003.

Que, conforme las previsiones contenidas en los contratos de concesión celebrados para la construcción y explotación de la Red de Accesos a la Ciudad de Buenos Aires, las tarifas de peaje de esas concesiones contemplan la aplicación de la alícuota vigente para el referido impuesto.

Que, en consecuencia, corresponde proceder a la modificación del cálculo de las tarifas de peaje vigentes en la mencionada Red, y a aprobar las rebajas a aplicar en los correspondientes cuadros tarifarios, que regirán durante ese lapso.

Que la empresa concesionaria AUTOPISTAS DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA mantiene, para algunos casos, descuentos voluntarios de tarifas, que no le generan derecho a compensación alguna.

Que en el caso de AEC SOCIEDAD ANONIMA, corresponde mantener las condiciones previstas en la Resolución de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS N° 153 de fecha 8 de noviembre de 2000.

Que el presente se dicta en virtud de lo preceptuado en el artículo 1° del Decreto N° 2312/02 y en la CLAUSULA OCTAVA de los contratos de concesión vigentes para la Red de Accesos de la Ciudad de Buenos Aires.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES
RESUELVE:

Artículo 1° — Apruébase la aplicación, en los Cuadros Tarifarios vigentes en los contratos de concesión de la Red de Accesos a la Ciudad de Buenos Aires, de las rebajas emergentes de la alícuota del Impuesto al Valor Agregado establecida por el artículo 1° de Decreto N° 2312 de fecha 14 de noviembre de 2002, conforme se indica en los Anexos I a XI que forman parte de la presente Resolución, y que regirá durante la vigencia del referido decreto.

Art. 2° — En el ACCESO NORTE y en la AUTOPISTA EZEIZA CAÑUELAS los cuadros tarifarios que se aplicarán al público, para las estaciones que allí se indican, son los que surgen de los ANEXOS II Bis, IV Bis y IX Bis.

Art. 3° — Las empresas concesionarias AUTOPISTAS DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA, AEC SOCIEDAD ANONIMA, CONCESIONARIA VIAL ARGENTINO ESPAÑOLA SOCIEDAD ANONIMA (COVIARES S.A.) y GRUPO CONCESIONARIO DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA deberán dar a conocer a los usuarios los cuadros tarifarios resultantes de lo dispuesto por los artículos anteriores, mediante su adecuada publicación, dentro de las VEINTICUATRO (24) horas de la notificación de la presente.

Art. 4° — Por intermedio de la Secretaría General de Atención al Usuario, notifíquese la presente Resolución a las empresas concesionarias mencionadas en el artículo precedente.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos H. Hidalgo.










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