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ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES




ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES

Decreto 1414/2005

Apruébase la estructura organizativa del citado organismo descentralizado en el ámbito de la Secretaría de Obras Públicas. Modificación del Decreto Nº 87/2001.

Bs. As., 17/11/2005

VISTO los Decretos N° 87 de fecha 25 de enero de 2001, N° 1994 del 23 de septiembre de 1993 y N° 1915 del 28 de diciembre de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 87/2001 se dispuso la reestructuración del ORGANO DE CONTROL DE LAS CONCESIONES DE LA RED DE ACCESOS A LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, el que pasó a denominarse ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES.

Que en virtud de lo dispuesto por los artículos 2°, 3°, 4° y 5° del citado Decreto se transfirieron al ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES las competencias, objetivos, partidas presupuestarias, recursos humanos y materiales del ORGANO DE CONTROL DE LAS CONCESIONES DE LA RED DE ACCESOS A LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, de la COMISION TRANSITORIA y el ORGANO DE CONTROL de la CONCESION de la OBRA de la CONEXION FISICA ENTRE LAS CIUDADES DE ROSARIO, PROVINCIA DE SANTA FE - VICTORIA, PROVINCIA DE ENTRE RIOS y del ORGANO DE CONTROL DE LAS CONCESIONES VIALES dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD y se estableció que será el órgano de control de la concesión de la RED DE ACCESOS A LA CIUDAD DE MENDOZA.

Que asimismo el artículo 6° del citado Decreto dispuso que el ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES estará dirigido y Administrado por una Dirección Ejecutiva a cargo de un Director Ejecutivo y un Subdirector Ejecutivo.

Que por el Decreto N° 1915/2004 se ampliaron las facultades establecidas en el Decreto N° 1994/1993 y en el Decreto N° 87/2001, del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES a fin de que el mismo efectúe la contratación y ejecución de construcciones, trabajos o servicios que revistan el carácter de obra pública dentro de la jurisdicción comprendida en los contratos de concesión aprobados por los Decretos N° 1167 de fecha 15 de julio de 1994, N° 1638 de fecha 20 de septiembre de 1994, Decretos N° 427 de fecha 27 de marzo de 1995, N° 1019 de fecha 06 de septiembre de 1996, N° 1007 de fecha 30 de octubre de 2003 y N° 581 de fecha 14 de mayo de 1998, en todas aquellas obras viales que en lo sucesivo sean concesionadas, y obras de vinculación y/o de mejoras de accesibilidad a las obras viales concesionadas comprendidas en los contratos de concesión antes descriptos, con o sin conexión física a las mismas, y para la adquisición de materiales, maquinarias, mobiliarios y elementos destinados a ellas.

Que por el artículo 4° del Decreto N° 1915/04 se fijó un plazo de TREINTA (30) días para la presentación ante el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de la estructura organizativa y el régimen salarial propuesto para el mencionado organismo adecuado a sus nuevas facultades que se le incorporaron en el mencionado Decreto.

Que la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, han tomado la intervención que les compete, esta última de acuerdo a lo establecido por el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º — Apruébase la estructura organizativa del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de acuerdo con el Organigrama, Objetivos, Responsabilidad Primaria, Acciones y cargos que como Anexos I, II, IIIa, IIIb, IIIc y IIId forman parte integrante de la presente medida.

Art. 2º — Modifícase el artículo 6° del Decreto N° 87/2001, el que quedará redactado de la siguiente forma: "El ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES estará dirigido y administrado por un Director Ejecutivo, quien ejercerá la representación legal del mismo y para ocupar el cargo deberá reunir los requisitos establecidos para ser funcionario público y contar con probada idoneidad, acorde a las actividades que deberá cumplir.

El Director Ejecutivo, será designado por el Poder Ejecutivo Nacional a propuesta del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Art. 3º — La relación laboral del personal se encuadrará en el marco de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorios.

Art. 4º — Apruébanse las retribuciones del personal del Organo de Control, de acuerdo al detalle que como anexo IV forma parte integrante de la presente.

Art. 5º — Los gastos que demande la presente medida serán imputados a la Jurisdicción 56 - Entidad 659 - Programa 16 - CONTROL DE CONCESIONES VIALES, del presupuesto General de la Administración Nacional.

Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Julio M. De Vido.

ANEXO I



ANEXO II

COMISION ASESORA AD - HONOREM

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asesorar al Directorio del Organo de Control en cuestiones de directa injerencia de las Provincias involucradas, los Municipios afectados, los usuarios y entidades ligadas a temas viales.

ACCIONES

1. Asistir al Directorio en relación a diversos temas vinculados con la problemática de las obras, servicios viales y de los usuarios en las jurisdicciones involucradas.

2. Canalizar las inquietudes y propuestas de las autoridades municipales, entidades ligadas a temas viales y asociaciones representativas.

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Garantizar la implementación de un adecuado sistema de control interno y de gestión en el Organo de Control a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 24.156.

ACCIONES

1. Elaborar el planeamiento general de la auditoría interna a desarrollar en el Ente, de acuerdo con las Normas Generales de Control Interno y de Auditoría Interna, aplicando el modelo de control integral e integrado.

2. Participar en la definición de normas y procedimientos a efectos de establecer en acuerdo con la autoridad superior del Organismo el sistema de control interno, y posteriormente efectuar su seguimiento.

3. Verificar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos establecidos por la autoridad superior.

4. Revisar y evaluar la aplicación de los controles operativos, contables, de legalidad y financieros.

5. Verificar si las erogaciones son efectuadas de acuerdo con las normas legales y de contabilidad aplicables y a los niveles presupuestarios correspondientes.

GERENCIA TECNICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Ejercer el control del cumplimiento de los Contratos de Concesión de la Red de Accesos a la Ciudad de Buenos Aires, de los Accesos a la Ciudad de Mendoza, de la Red Vial Nacional y de la Obra de Conexión Física entre las Ciudades de Rosario, Provincia de Santa Fe - Victoria, Provincia de Entre Ríos, en los aspectos técnicos y ambientales, así como en todas las obras viales que en lo sucesivo sean Concesionadas por el Estado Nacional.

Ejercer el control de obra pública realizada en jurisdicción de los contratos de concesión de la Red de Accesos a la Ciudad de Buenos Aires, Conexión Física Rosario - Victoria, Corredores Viales Nacionales y en todas aquellas obras viales que en lo sucesivo sean concesionadas y obras de vinculación y/o de mejoras de accesibilidad a las obras viales concesionadas comprendidas en los contratos de concesión antes descriptos, con o sin conexión física a las mismas, y en la adquisición de materiales, maquinarias, mobiliarios y elementos destinados a ellas.

ACCIONES

1. Realizar auditorías para verificar los controles que realizan los supervisores relacionados con la prestación de servicios desde el punto de vista de su competencia.

2. Participar en las reuniones previstas en los contratos de concesión con representantes de municipios y provincias.

3. Controlar el estado de cumplimiento de las solicitudes realizadas por autoridades provinciales, municipales y organizaciones intermedias.

4. Analizar los estudios de prioridades para definir obras propuestas por las subgerencias.

5. Definir criterios para incorporar nuevas tecnologías en toda la red concesionada.

6. Estudiar propuestas de explotaciones complementarias que realicen las concesionarias.

7. Proponer acciones en caso de verificar desviaciones que resulten de los estudios de los beneficios de los usuarios de la red vial concesionada.

8. Supervisar los estudios de capacidad y nivel de servicios en toda la red concesionada.

9. Controlar los estudios de factibilidad para el caso de iniciativas privadas o nuevas concesiones.

10. Determinar la necesidad de realizar convenios de contraprestación técnica con universidades y/u organismos técnicos y realizar el seguimiento de los mismos.

11. Realizar presentaciones de las acciones llevadas a cabo por el área técnica del OCCOVI ante los organismos que lo requieran.

SUBGERENCIA DE ACCESOS

ACCIONES

1. Realizar el control de los aspectos técnicos de las concesiones, analizar, emitir opinión y aprobar proyectos ejecutivos y planes de trabajos presentados por las empresas concesionarias.

2. Evaluar el impacto ambiental y plantear medidas adecuadas que contribuyan a una mejor preservación del medio ambiente.

3. Evaluar los diferentes parámetros definidos en los contratos de concesión.

4. Controlar que el beneficio al usuario supere el valor del peaje fijado por Ley N° 17.520.

5. Ejecutar, cuando corresponda, actas de constatación por incumplimientos en las obligaciones de las empresas Concesionarias.

6. Elaborar la información para la Sindicatura General de la Nación sobre las actividades desarrolladas, las recomendaciones u observaciones formuladas y demás temas que ésta le requiera, así como el informe anual correspondiente.

7. Analizar los Informes anuales de las Concesionarias.

8. Participar en la tramitación de solicitudes de autorización de obras de servicio público en la zona concesionada.

9. Analizar los planes de mejoras y expansión del servicio.

10. Analizar y aprobar los aspectos técnicos de convenios suscritos por las empresas Concesionarias con terceros.

11. Analizar y dictaminar sobre aspectos técnicos puestos a consideración de la Gerencia.

12. Generar nuevas alternativas que permitan mejorar los actuales niveles de servicio del tránsito usuario de la Red de Accesos.

13. Propiciar mejoras que incrementen el nivel de Seguridad Vial de la Red de Accesos y elaborar nuevas normas para el logro de tales fines.

14. Analizar la incorporación de nuevas tecnologías que conduzcan a un mejor servicio para los usuarios.

15. Proponer soluciones ante diferentes conflictos que se presenten con municipalidades, organizaciones intermedias y vecinos, originadas por la interacción con la red de autopistas.

16. Proponer la inclusión de obras no previstas contractualmente y determinar sus características técnicas.

17. Controlar el gasto mensual realizado por las Supervisiones de Obra.

SUBGERENCIA DE CORREDORES VIALES

ACCIONES

1. Realizar el control de los aspectos técnicos de las concesiones, la conservación de rutina y los servicios al usuario, realizando los controles de calidad que correspondan.

2. Analizar esquemas alternativos de instalación y funcionamiento de los sistemas de percepción de peaje.

3. Confeccionar actas de constatación por incumplimientos y seguimiento de los expedientes sancionatorios.

4. Intervenir en los requerimientos que se relacionen con su accionar, que formulen autoridades provinciales, municipales, Juntas de Fomento o Entidades Intermedias, respecto de obras o instalaciones cuyo emplazamiento esté comprendido y/o superpuesto con corredores concesionados, a fin de consensuar el mejor aprovechamiento de recursos disponibles.

5. Realizar el seguimiento de las obligaciones contractuales en lo referente al estado de las calzadas y obras de arte mayor.

6. Revisar y aprobar proyectos ejecutivos de obras previstas en los contratos de concesión de los Corredores Viales.

7. Definir prioridades en obras de seguridad vial.

8. Analizar la capacidad y nivel de servicios de las Rutas Concesionadas para proponer al Secretario de Obras Públicas obras de ampliación de capacidad.

9. Recopilar opiniones de los Municipios y Gobiernos Provinciales sobre el estado de avance de los contratos.

10. Intervenir en los requerimientos que formulen las autoridades responsables del control de vías navegables relacionados con los aspectos de su competencia.

11. Elaborar la información para la Sindicatura General de la Nación sobre las actividades desarrolladas, las recomendaciones u observaciones formuladas y demás temas que ésta le requiera, así como el informe anual correspondiente.

12. Analizar la incorporación de nuevas tecnologías que determinen un mejor servicio para los usuarios.

SUBGERENCIA DE OBRAS

ACCIONES

1. Elaborar proyectos, realizar los procesos licitatorios e Inspección de obra, en jurisdicción de los contratos de concesión de la Red de Accesos a la Ciudad de Buenos Aires, Conexión Física Rosario - Victoria, Corredores Viales Nacionales y en todas aquellas obras viales que en lo sucesivo sean concesionadas, dentro del marco de la ley de obra pública y en obras de vinculación y/o de mejoras de accesibilidad a las obras viales concesionadas comprendidas en los contratos de concesión antes descriptos, con o sin conexión física a las mismas.

2. Elaborar la documentación técnica que permita realizar el llamado a licitación de obras en la red vial concesionada que se le encomiende al OCCOVI.

3. Realizar el seguimiento y control de las etapas constructivas de los diferentes tipos de obras, en lo referente a calidad y cantidad.

4. Proponer medidas cuando acontezcan casos fortuitos o de fuerza mayor.

5. Realizar los controles de calidad de las obras que se ejecuten en la red, dentro de la jurisdicción de los contratos de concesión de la Red de Accesos a la Ciudad de Buenos Aires, Conexión Física Rosario - Victoria, Corredores Viales Nacionales y en todas aquellas obras viales que en lo sucesivo sean concesionadas y obras de vinculación y/o de mejoras de accesibilidad a las obras viales concesionadas comprendidas en los contratos de concesión antes descriptos, con o sin conexión física a las mismas.

6. Elaborar y analizar los registros del Impacto Ambiental de las Obras y Servicios de la Red Vial.

7. Realizar el seguimiento de la obra, verificando el impacto ambiental de las mismas.

8. Analizar, emitir opiniones y aprobar Proyectos Ejecutivos de obras.

9. Analizar los pedidos de modificaciones de obra que realicen las empresas contratistas.

10. Proponer las sanciones que correspondan por incumplimientos contractuales.

11. Elaborar la información para la Sindicatura General de la Nación sobre las actividades desarrolladas, las recomendaciones u observaciones formuladas y demás temas que ésta le requiera, así como el informe anual correspondiente.

12. Realizar el seguimiento de los costos de obra y sus actualizaciones.

GERENCIA ADMINISTRATIVA - JURIDICO - CONTABLE

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Realizar el control del cumplimiento de los Contratos de Concesión en sus aspectos económicofinancieros e impositivos, dirigir la gestión económica, financiera, presupuestaria y patrimonial del Organismo y proponer la adopción de medidas regulatorias cuando lo estime pertinente.

Ejercer la defensa y representación judicial y administrativa del Organismo.

Garantizar los derechos y beneficios de los usuarios de los accesos concesionados y de los terceros directa o indirectamente afectados por los mismos, a través de una adecuada comunicación, atención y resolución de sus reclamos y recepción de sus sugerencias.

Coordinar las relaciones institucionales del organismo, organizando y controlando la Mesa de Entradas, los archivos, la Biblioteca técnica, y el funcionamiento de los servicios de apoyo.

ACCIONES

1. Efectuar el seguimiento y verificación del cumplimiento de los contratos de concesión en sus aspectos económicos, financieros, contables, impositivos y jurídicos.

2. Supervisar y coordinar todo lo relacionado con registraciones contables y presupuestarias, preparación de balances, estados de ejecución, rendiciones de cuentas y liquidaciones de haberes, inversiones y gastos del Organismo.

3. Supervisar y coordinar el manejo y custodia de fondos y valores.

4. Intervenir en las licitaciones y contrataciones cuya tramitación se efectúe por el régimen de contrataciones del Estado y por la Ley de Obras Públicas, así como también en la elaboración, modificación y rescisión de los contratos de cualquier naturaleza celebrados o a celebrarse.

5. Supervisar y coordinar las acciones relacionadas con el registro y control de los bienes patrimoniales de la Jurisdicción.

6. Ejercer la representación y patrocinio en los juicios en que el organismo sea parte.

7. Controlar la gestión de Mesa General de Entradas y Salidas y el despacho de actuaciones.

8. Supervisar y coordinar el funcionamiento del servicio de atención al usuario, recursos humanos e informática.

SUBGERENCIA DE ADMINISTRACION

ACCIONES

1. Elaborar, supervisar y registrar el proyecto de Presupuesto Anual del Organismo, y sus modificaciones.

2. Efectuar las registraciones contables y el control de las rendiciones de cuentas efectuadas por otras dependencias del Organismo.

3. Gestionar las contrataciones y compras necesarias, y practicar las anotaciones en el registro patrimonial correspondiente.

4. Efectuar la liquidación y pago de gastos e inversiones y la verificación de ingresos.

5. Diseñar e implementar las metodologías adecuadas para el seguimiento y verificación del cumplimiento de los aspectos económicos, financieros, contables e impositivos de los Contratos de Concesión y de las concesionarias.

6. Confeccionar los proyectos de cuadros tarifarios, proponer su aprobación y verificar la publicidad de los mismos.

7. Llevar el registro de las inversiones ejecutadas por las concesionarias.

8. Efectuar el seguimiento de la rentabilidad de las concesiones, verificando la razonable relación entre las inversiones realizadas y la utilidad neta obtenida.

9. Efectuar el cálculo de las penalidades por todo incumplimiento o acción tardía, e intereses punitorios de toda obligación dineraria morosa.

10. Verificar que las garantías y seguros constituidos por las concesionarias se ajusten a las previsiones contractuales.

11. Administrar el Sistema de Caja Unica de las concesiones.

12. Intervenir en el proceso licitatorio, en la liquidación y pago en concepto de construcciones, trabajos o servicios a cargo del Organismo.

13. Efectuar el cálculo de las compensaciones y/o subvenciones que, con cargo a los fideicomisos creados por Estado Nacional, se dispongan a favor de las concesionarias.

14. Adecuar los procesos y circuitos del Servicio Administrativo Financiero a los cambios producidos en la normativa específica y en el marco tecnológico específico.

15. Desarrollar, implementar y administrar el apoyo informático del Organismo.

16. Administrar los recursos humanos del Organismo.

17. Elaborar la información para la Sindicatura General de la Nación sobre las actividades desarrolladas, las recomendaciones u observaciones formuladas y demás temas que ésta le requiera, así como el informe anual correspondiente.

SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS

ACCIONES

1. Realizar el control de los aspectos jurídicos de las concesiones y las sociedades concesionarias produciendo los dictámenes necesarios, interpretando las normas aplicables y propiciando regulaciones y/o procedimientos adecuados conforme con la normativa legal y contractual aplicables.

2. Asesorar jurídicamente al organismo y efectuar la supervisión y/o la procuración y/o el diligenciamiento de las actuaciones judiciales en las que sea parte la Institución.

3. Analizar desde el punto de vista jurídico las situaciones que puedan dar lugar a la aplicación de los regímenes de infracciones y sanciones de los contratos de concesión sujetos a la jurisdicción del Organo de Control.

4. Emitir opinión con carácter previo a la toma de decisiones relacionadas con la rescisión, el rescate o la prórroga de los Contratos de Concesión.

5. Dictaminar en los sumarios derivados de las actas de constaciones previstas en los regímenes de infracciones y sanciones de los contratos de concesión según la normativa aplicable en cada caso, haciendo lo propio en los sumarios disciplinarios o patrimoniales antes de su resolución por el Señor Director Ejecutivo.

6. Asesorar, controlar y dictaminar en los procesos licitatorios bajo la Ley de Obra Pública.

7. Elaborar la información para la Sindicatura General de la Nación sobre las actividades desarrolladas, las recomendaciones u observaciones formuladas y demás temas que ésta le requiera, así como el informe anual correspondiente.

SUBGERENCIA DE ATENCION AL USUARIO Y MESA DE ENTRADAS

ACCIONES

1. Administrar y controlar la Mesa General de Entradas y Salidas, y el despacho de actuaciones.

2. Difundir los aspectos generales de la gestión de los concesionarios, en lo que hace a la prestación de los servicios y los mecanismos existentes para efectuar los reclamos y hacer efectivos los derechos de los usuarios y de los terceros afectados.

3. Verificar el cumplimiento de los contratos de concesión en lo referido a la prestación de servicios a los usuarios y terceros afectados, y la atención que éstos reciben por parte de las concesionarias.

4. Atender las quejas, resolver y/o canalizar las consultas y reclamos de los usuarios y terceros afectados, conforme las normas vigentes.

5. Organizar, mantener actualizada y analizar la información relativa a las cuestiones que originan quejas o reclamos de los usuarios y terceros afectados y propiciar la adopción de las medidas tendientes a evitarlos.

6. Procesar, registrar y archivar la documentación y actuaciones del Organismo.

7. Organizar y atender la biblioteca técnica.

8. Elaborar la información para la Sindicatura General de la Nación sobre las actividades desarrolladas, las recomendaciones u observaciones formuladas y demás temas que ésta le requiera, así como el informe anual correspondiente.

ANEXO IIIa



ANEXO IIIb



ANEXO IIIc



ANEXO IIId



ANEXO IV

Administracionius UNLP

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