Me surgió una duda con respecto a una situación que se presentó en mi entorno familiar: una madre divorciada le pide al padre de su hija(que asiste a un colegio privado de Bs. As) una autorización escrita para cederle a ella todo lo relativo al ámbito educativo, entiéndase permisos para salidas escolares, salidas por horas libres, etc., según la señora esto es a pedido del colegio, porque el padre no vive en Capital Federal.
Es esto realmente asi??, los colegios piden esto cuando los padres son divorciados ??.
Gracias de antemano por las respuestas.
CARO.
\"Como la velocidad de la luz es mayor a la del sonido, ciertas personas parecen brillantes antes de que escuchemos las estupideces que dicen\"
264quater. En los casos de los incisos 1º, 2º, y 5º del art. 264, se requerirá el consentimiento expreso de ambos padres para los siguientes actos:
1º Autorizar al hijo para contraer matrimonio.
2º Habilitarlo.
3º Autorizarlo para ingresar a comunidades religiosas, fuerzas armadas o de seguridad.
4º Autorizarlo para salir de la República.
5º Autorizarlo para estar en juicio.
6º Disponer de los bienes inmuebles y derechos o muebles registrables de los hijos cuya administración ejercen, con autorización judicial.
7º Ejercer actos de administración de los bienes de los hijos, salvo que uno de los padres delegue la administración conforme lo previsto en el art. 294.
En todos estos casos si uno de los padres no diere su consentimiento, o mediara imposibilidad para prestarlo, resolverá el juez lo que convenga al interés familiar.
En este caso solo se requiere la autorizacion del progenitor que tiene la guarda del menor (art. 264 inc. 2).
saludos.