POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA Resolución 1/2005 Bs. As., 28/3/2005 VISTO el Expediente N° S02:0004226/2005 del registro de este Ministerio, la Ley N° 21.521, los Decretos N° 145 y N° 147, ambos del 22 de febrero de 2005, y CONSIDERANDO: Que la seguridad interior es un objetivo prioritario para el Gobierno Nacional, siendo potestad indelegable del Estado garantizar y mantener la paz social y la tranquilidad pública. Que mediante Decreto N° 145/05 se dispuso la intervención de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA y por su artículo 3° se estableció que el suscripto efectuará las reestructuraciones que se consideren pertinentes a los fines de proceder a la normalización del citado Organismo. Que a los efectos de garantizar el normal funcionamiento de la Intervención, se estima necesaria la aprobación de una Estructura Organizativa mínima, mientras dure la misma. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas en la Ley N° 21.521 y en el Decreto N° 145 del 22 de febrero de 2005. Por ello, El Interventor de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA Resuelve: ARTICULO 1° — Apruébase la estructura de dirección superior de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA que se establece en el Anexo I de la presente, la que estará vigente mientras dure la Intervención. ARTICULO 2° — Apruébanse las acciones de las unidades orgánicas de la dirección superior de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA que se detallan en el Anexo 2 de la presente. ARTICULO 3° — Desígnase por el plazo que dure la intervención de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA a las personas que se detallan en el Anexo 3 de la presente, en los cargos que en cada caso se indican. ARTICULO 4° — Establésese que las personas que se detallan en el Anexo 3 de la presente resolución percibirán una remuneración equivalente al Nivel A Grado 0 Función Ejecutiva I del escalafón aprobado por el Decreto N° 993/91 (T.O. 1995). ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese publíquese en el Boletín Oficial y archívese. — Dr. MARCELO FABIAN SAIN, Interventor, Policía de Seguridad Aeroportuaria. ANEXO I POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA Estructura de Dirección Superior
ANEXO II POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA Acciones de las unidades orgánicas de la Dirección Superior Subintervención de Seguridad Aeroportuaria Preventiva Asistir al Interventor de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA en: 1. La elaboración, planificación, implementación y evaluación de las estrategias y acciones de seguridad aeroportuaria preventiva de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA. 2. La planificación, dirección y control de las acciones y operaciones preventivas llevadas a cabo por la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA y sus diferentes dependencias especializadas, tendientes a garantizar la seguridad de la aviación y el control y verificación de personas, equipajes, cargas y cosas transportadas así como de aeronaves y tripulaciones en el ámbito aeroportuario competente. 3. La planificación, dirección y control de las acciones y operaciones conjurativas y de respuesta rápida llevadas a cabo por la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA y sus diferentes dependencias ante situaciones de crisis derivadas de tomas de rehenes, secuestro de aeronaves o de cualquier otro tipo de evento crítico. 4. La planificación y dirección de las acciones de fiscalización y control del transporte, tenencia, portación de armas, explosivos y demás elementos de peligro potencial en el ámbito aeroportuario competente. 5. La organización, planificación y desarrollo de las actividades de gestión y administración de la información y de la inteligencia aeroportuaria preventiva llevada a cabo por las dependencias correspondientes de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA. 6. La identificación de zonas y actividades de riesgo que pudieran vulnerar la seguridad aeroportuaria en sus diferentes aspectos y dimensiones dentro del ámbito aeroportuario competente. 7. La elaboración de la doctrina estratégica y operacional de seguridad aeroportuaria preventiva de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA. 8. La coordinación de labores de seguridad preventivas de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA con otros organismos y/o fuerzas policiales, de seguridad, inteligencia o supervisión que actúen en el ámbito aeroportuario, así como también con agencias de seguridad y/o inteligencia extranjeras con las que se establezcan vinculaciones funcionales asentadas en la reciprocidad. Subintervención de Seguridad Aeroportuaria Compleja Asistir al Interventor de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA en: 1. La elaboración, planificación, implementación y evaluación de las estrategias y acciones de seguridad aeroportuaria compleja de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA. 2. La planificación, dirección y control de las acciones y operaciones complejas llevadas a cabo por la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA y sus diferentes dependencias especializadas, tendientes a garantizar el seguimiento, investigación y conjuración de actividades delictivas referidas al narcotráfico, terrorismo, contrabando en sus diversas modalidades —según la competencia funcional correspondiente— y otros ilícitos conexos o perpetrados mediante la criminalidad organizada. 3. La planificación, dirección y control de las acciones y operaciones conjurativas y de respuesta rápida llevadas a cabo por la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA y sus diferentes dependencias ante el accionar de organizaciones delictivas dedicadas al narcotráfico, terrorismo, contrabando en sus diversas modalidades —según la competencia funcional correspondiente— y otros ilícitos conexos o perpetrados mediante la criminalidad organizada. 4. La organización, planificación y desarrollo de las actividades de gestión y administración de la información y de inteligencia aeroportuaria compleja llevada a cabo por las dependencias correspondientes de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA. 5. La elaboración de la doctrina estratégica y operacional de seguridad aeroportuaria compleja de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA. 6. La coordinación de labores de seguridad compleja de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA con otros organismos y/o fuerzas policiales, de seguridad, inteligencia o supervisión que actúen en el ámbito aeroportuario, así como también con agencias de seguridad y/o inteligencia extranjeras con las que se establezcan vinculaciones funcionales asentadas en la reciprocidad. Subintervención de Relaciones Institucionales Asistir al Interventor de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA en: 1. Las relaciones con los organismos del Estado Nacional, Provincial, Municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en todo lo atinente a las competencias, facultades y atribuciones de la Intervención de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA. 2. Las relaciones con las empresas prestatarias de servicios de seguridad en el ámbito aeroportuario. 3. Las relaciones con las empresas prestatarias de servicios dentro del ámbito jurisdiccional de los aeropuertos, en todo lo atinente a las cuestiones referidas a la competencia de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA. 4. El análisis, evaluación y formulación de recomendaciones respecto de los distintos marcos regulatorios aplicables al funcionamiento de la seguridad en los aeropuertos. 5. La elaboración de los informes periódicos de gestión con respecto a los objetivos, acciones desarrolladas y resultados alcanzados de la Intervención de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA. 6. Las labores que le competen a la Secretaría Ejecutiva de la "Comisión para el estudio, análisis y elaboración en la normativa que regulará el funcionamiento de la seguridad en los aeropuertos" creada en el artículo 4° del Decreto 145 del 22 de febrero del 2005. Subintervención de Gestión Administrativa Asistir al Interventor de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA en: 1. La administración de la gestión económico-financiera, contable y patrimonial de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA. 2. La dirección del movimiento efectivo de fondos y valores, sean recursos presupuestarios o extrapresupuestarios, y la gestión de cuentas especiales o fondos nacionales creados o a crearse para la seguridad aeroportuaria. 3. La realización de las compras y contrataciones, y el suministro de bienes y servicios de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA. 4. El registro y control de los actos y trámites administrativos y el servicio de mesa de entrada, salida y archivos de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA. 5. El estudio y la elaboración del proyecto de presupuesto de gastos e inversiones de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA. 6. La administración, capacitación y desarrollo de la gestión de los recursos humanos de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA. 7. La elaboración de propuestas de normas, reglamentaciones y cursos de acción tendientes a optimizar los procedimientos administrativos, técnicos y contables así como la política de recursos humanos de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA. Subintervención de Asuntos Jurídicos Asistir al Interventor de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA en: 1. La asistencia y asesoramiento en los asuntos de carácter jurídico-legal de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA. 2. La intervención con carácter previo en los proyectos de actos administrativos aprobados y dispuestos por la Intervención de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA. 3. La producción de los dictámenes jurídicos solicitados por las distintas áreas de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, y la implemetación de un registro de dictámenes del servicio jurídico. 4. La relación con la Procuración del Tesoro de la Nación a fin de conocer la jurisprudencia administrativa en materia de dictámenes y efectuar las consultas a ese respecto. 5. La representación de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA y sus organismos dependientes en juicio. 6. El diligenciamiento de los oficios judiciales dirigidos a la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA o alguna de sus áreas y fiscalizar el cumplimiento de los mismos. 7. El estudio y evaluación de los anteproyectos de resoluciones, disposiciones, comunicaciones y órdenes de servicios emitidas por la Intervención de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA así como de los anteproyectos de leyes o decretos referidos a la dicha institución o a la seguridad aeroportuaria. 8. La realización de las acciones para la sustanciación de los sumarios administrativos disciplinarios que corresponda instruir con relación al personal de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA. 9. El cumplimiento de las notificaciones a los organismos de control pertinente. 10. La denuncia ante la justicia penal competente de los eventuales delitos de acción pública que pudieran ser conocidos o dilucidados por los funcionarios de la Intervención de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA o por el personal de dicha institución. e. 1/4 N° 475.626 v. 5/4/2005