Hola a todos, tengo una duda con respecto a contratos, el profesor y cuando vimos la parte general decia que hay contratos que tienen ciertas formalidades (913cc) a cumplir para que surtan los efectos que las partes quisieron, esto por ejemplo para el contrato de compra venta de un bien inmueble se necesita la escritura (1184cc) si queda en instumento privado solo tendria la accion de escrituracion para llenar formalidad segun tambien un fallo que menciono. Ahora cuando leo parte especial en compra venta me dice que el contrato no requiere de formalidades y a partir de la manifestacion de la voluntad de las partes porqeu es un contrato consensual. Lo que no entiendo o si me puede explicar mas detalladamente o que es lo que no me estoy dando cuenta es para que voy a iniciar una accion de escrituracion si directamente podria iniciar la ejecucion del contrato . en fin gracias saludos.
Sólo hay dos cosas de las que el hombre puede arrepentirse, el no haberlo intentado o el no haber dado todo de sí.-