Holas samigos. Tengo 2 preguntas:
En primer lugar. Si un padre, propietario de un auto, se lo dona a uno de sus hijos ¿Hace falta el consentimiento de los otros hermanos o el acto es válido, sin el mismo?
Se va la segunda
Un empleado, en relación de dependencia, es despedido por su empleador. El trabajador exige el pago de la correspondiente indemnización por despido. Si no se le paga lo que se le adeduda ¿Puedo solicitar un embargo contra la jubilación o pensión del empleador?
Si pueden citar, leyes, doctrina y/o jurisprupendica. Mejor
Saludos, muchachos
Segunda Pregunta: el tema esta debatido y no hay una respuesta única. te explico; según la ley 24241 en su art. 14 inc. c las jubilaciones y pensiones "Son inembargables, con la salvedad de las cuotas por alimentos y litisexpensas". en principio estaría prohibido puesto que es uno de los bienes inembargables establecidas en una ley nacional sustantiva y en virtud de la remisión del Art. 219 inc. 3 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, sin embargo existen interpretaciones que conceden el embargo dado el carácter alimentario del salario para el trabajador y admitiendo de este modo un embargo contra la jubilación o pensión del empleador. Personalmente me inclino por la ultima postura, desde que la importancia del salario del trabajador y su protección legal y tutela efectiva requieren ineludiblemente que se considere su carácter alimentario, por lo que procedería dicho embargo siendo este una medida ineludible para garantizar el respeto efectivo de las garantias constitucionales que lo amparan (art. 14 bis. CN).