Fallo
Prepaga debe pagar geriátrico a paciente con Alzheimer La Justicia ordenó a una empresa de medicina prepaga cubrir los gastos de un tratamiento que recibe en un geriátrico privado una mujer de 94 años, quien sufre demencia a raíz del mal de Alzheimer.
Así lo dispuso la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, al hacer lugar a una medida cautelar con el fin de que la anciana pueda continuar con el tratamiento requerido en una institución residencial en la cual ya se encontraba alojada, según informa la agencia DyN.
En primera instancia, un juez había rechazado dar esta cobertura a la mujer porque entendió que había sido indicado por un médico ajeno a la cartilla que le daba servicio médico.
Pero los camaristas Santiago Bernardo Kiernan, Alfredo Silverio Gusman y Ricardo Víctor Guarinoni dispusieron que la empresa de medicina dé la cobertura mientras se analiza la cuestión de fondo.
Se trata de una mujer de 94 años -identificada como M.R.V.- que sufre demencia por Alzheimer, alojada actualmente en una residencia en donde, según la presentación judicial, "se le dispensa un adecuado control y contención de la enfermedad de Alzheimer que padece".
Sin embargo, ante el elevado costo que demandan la internación y el tratamiento, la familia de la mujer acudió a la Justicia para que la empresa de medicina prepaga de la que es socia se hiciera cargo de los honorarios.
La firma, sin embargo, se negó a hacer lugar al planteo: dijo que la internación en una "institución geriátrica de tercer nivel" no estaba prevista ni el Plan Médico Obligatorio ni en el contrato.
Pero además afirmó que la internación solicitada constituye una prestación de tipo social que a criterio nada tiene que ver con la salud del afiliado y que el centro en donde se encuentra alojada no es prestador suyo.
Como punto de máxima, la empresa solicitó que, en caso de hacer lugar al planteo, la anciana fuera derivada a una institución que estuviera bajo su órbita.
En primera instancia, la Justicia rechazó el planteo de la mujer por considerar que los tratamientos indicados habían sido expedidos por un médico ajeno a la cartilla de la demandada, y sostuvo que la actora no había expuesto razones suficientes que ameritaran la internación en un centro distinto a los ofrecidos por la empresa.
Pero ahora la familia de la víctima apeló: a los argumentos ya esgrimidos, apuntó que "las instituciones geriátricas ofrecidas" por la prepaga no poseían "el tipo de servicios que requiere" la paciente, "sino que sólo reemplazan el lugar de residencia de la persona, pues son geriátricos sin ningún tipo de especialización".
Ahora, la Cámara Civil y Comercial hizo lugar a la medida cautelar solicitada, al entender que "el hecho de no pertenecer a la cartilla de prestadores de la demandada no basta para descalificar sus dichos ante la falta de elementos probatorios de signo contrario".
La Cámara afirmó que "dentro de los limitados márgenes cognitivos propios del instituto cautelar, las dolencias que afectan" a la mujer son "suficientes para estimar admisible la medida solicitada".
Y añadió que "la finalidad de la medida solicitada es responder prontamente a los requerimientos terapéuticos indicados a la demandante, discapacitada en los términos de la ley 22.431, cuya salud padece afecciones de diversa índole".
FUENTE:
Prepaga debe pagar geriátrico a paciente con Alzheimer | | Telefenoticias