la prescripcion de todo delito empieza a contarse desde el dia en que el hecho ceso de cometerse, y el plazo de prescripción es el del máximo, en cantidad de años atribuibles x la conducta reprochable, definido por le ley.
no hay mas vuelta que darle..
en el caso de los delitos permanentes, cesara de cometerse en el momento en que la conducta concluya, sea descubierta, lo que fuere, pero habiendose prolongado en el tiempo.
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en el caso de los delitos permanentes, cesara de cometerse en el momento en que la conducta concluya, sea descubierta, lo que fuere, pero habiendose prolongado en el tiempo.