PRESIDENCIA DE LA NACION
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Resolución N° 18/2004
Bs. As., 13/8/2004
VISTO, el Proyecto de Adquisición de un Portal Corporativo para la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL dependiente de la SUBSECRETARIA TECNICA de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y
CONSIDERANDO:
Que, por la importancia del mentado Proyecto, resulta oportuno arbitrar las medidas conducentes con el objeto de cumplir eficazmente con todas las etapas del mismo, en el marco del Sistema de Cooperación Técnica y Financiera, a que se refieren las Leyes Nº 23.283 y Nº 23.412.
Que, a esos fines, resulta procedente crear una Comisión, que tendrá como función asesorar al Secretario Legal y Técnico para la selección de la empresa encargada de la realización del Proyecto de que se trata, como así también efectuar el control de su ejecución.
Que en el ámbito de esta Secretaría se cuenta con personal idóneo en materia informática y de seguimiento de proyectos de esa naturaleza, como para integrar la Comisión referida.
Que la presente Resolución se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los Decretos Nros. 918/01 y 1272/01 y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución SL y T Nº 23/02 y sus modificatorias.
Por ello,
EL SECRETARIO LEGAL Y TECNICO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Créase, en jurisdicción de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, una Comisión Técnica de Evaluación y Seguimiento del Proyecto de Adquisición de un Portal Corporativo para la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, que tendrá como función asesorar al titular de la citada Secretaría en la selección de la empresa que se encargará de la realización del citado Proyecto como así también del contralor de su posterior ejecución.
ARTICULO 2° — La Comisión que se crea por el artículo precedente estará integrada por los siguientes funcionarios: señor D. Leonardo PICCOLI (M.I. Nº 13.753.478), señor D. Hugo Alejandro FRAGA (M.I. Nº 11.988.184) y Contador Público Nacional D. Miguel Angel ALE (M.I. Nº 7.251.799).
ARTICULO 3° — Regístrese, publíquese y archívese. — Dr. CARLOS ALBERTO ZANNINI, Secretario Legal y Técnico.
e. 18/8 N° 455.815 v. 18/8/2004