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PRESUPUESTO




PRESUPUESTO

Decreto 541/2003

Incorpórase un determinado monto al Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2003, a fin de atender las erogaciones de un Convenio de Línea de Crédito con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD) que fuera aprobado por Decreto Nº 2732/2002.

Bs. As., 10/3/2003

VISTO el Expediente Nº S01:0263636/2002 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA y el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2003, aprobado por la Ley Nº 25.725 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 7 del 24 de enero de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 7 de octubre de 2002 se suscribió un Acta de Entendimiento entre la REPUBLICA ARGENTINA y el REINO DE ESPAÑA referido a las condiciones y modalidades de concesión de una ayuda financiera por hasta la suma de EUROS CIEN MILLONES ( 100.000.000) destinada a financiar el suministro de bienes y servicios que contribuyan a atender necesidades urgentes de la población argentina.

Que el monto aludido en el considerando anterior se instrumentará en un CINCUENTA POR CIENTO (50%) como una Línea de Crédito con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD), y el remanente por medio de un Programa de Cooperación Económica y Financiera que se negociará entre las partes.

Que con fecha 31 de diciembre de 2002 en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y 23 de enero de 2003 en MADRID fue suscripto un Convenio de Línea de Crédito por EUROS CINCUENTA MILLONES ( 50.000.000) con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD) que fuera aprobado por Decreto Nº 2732 del 31 de diciembre de 2002.

Que el Comité Argentino Español creado por Resolución Conjunta Nº 674 del MINISTERIO DE ECONOMIA y Nº 2255 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO de fecha 22 de noviembre de 2002, ha seleccionado el Proyecto de Educación y de Salud de la Provincia de CORDOBA, REPUBLICA ARGENTINA, para ser financiado con el uso de la ayuda financiera.

Que el MINISTERIO de ECONOMIA del REINO DE ESPAÑA ha decidido otorgar al proyecto citado en el considerando anterior una financiación por un importe máximo de EUROS VEINTICINCO MILLONES ( 25.000.000) dentro del Convenio de Línea de Crédito con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).

Que resulta imprescindible incorporar el importe equivalente en pesos de EUROS VEINTICINCO MILLONES ( 25.000.000) como una Aplicación Financiera a la estructura programática de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA, Servicio Administrativo Financiero 357 - MINISTERIO DE ECONOMIA, Programa 18 - Formulación y Ejecución de Políticas Económicas para atender las erogaciones del Convenio de Línea de Crédito aludido

Que la naturaleza excepcional de la situación planteada hace imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la CONSTITUCION NACIONAL para la sanción de las Leyes.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente decreto se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Artículo 99, inciso 1 y 3 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:

Artículo 1º — Incorpórase al PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2003 el monto de PESOS NOVENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 92.500.000), a fin de poder efectuar las erogaciones del Convenio de Línea de Crédito por EUROS CINCUENTA MILLONES ( 50.000.000) con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD) que fuera aprobado por Decreto 2732/02 y suscripto con fecha 31 de diciembre de 2002 en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y con fecha 23 de enero de 2003 en MADRID, de acuerdo con los detalles obrantes en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — Dése cuenta al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DUHALDE. — Alfredo N. Atanasof. — Roberto Lavagna. — Ginés M. González García. — José H. Jaunarena. — Graciela Giannettasio. — Jorge R. Matzkin. — Carlos F. Ruckauf. — Aníbal D. Fernández.

–––––––––
NOTA: Este Decreto se publica sin planillas anexas. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Capital Federal).

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