[b] PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 860/2005
Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005, en relación con los créditos asignados al Programa 39 - Programa Social Agropecuario - PROINDER BIRF 4212 del Ministerio de Economía y Producción.
Bs. As., 28/12/2005
VISTO el Expediente Nº S01:0339357/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005, aprobado por la Ley Nº 25.967, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 del 11 de enero de 2005, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario garantizar la incorporación adicional a los créditos presupuestarios del PROGRAMA 39 – Programa Social Agropecuario – PROINDER BIRF 4212 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, para asegurar el desarrollo de las actividades de asistencia a los beneficiarios del "Proyecto de Pequeños Productores Agropecuarios".
Que el mencionado Proyecto tiene como objetivo específico el de formular pequeños proyectos solicitados por los productores, muchos de los cuales se encuentran en situación de pobreza y, en muchos casos, de pobreza extrema.
Que resulta imprescindible reforzar el desarrollo de las actividades y acciones realizadas por el mencionado Proyecto, durante el presente año, ya que su fecha de finalización ha sido prorrogada hasta el año 2006.
Que el logro de las metas fijadas por el Proyecto es considerado fundamental para la consecución de los objetivos políticos de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION en lo que se refiere a la asistencia brindada a más de DIECISEIS MIL (16.000) nuevas familias con necesidades básicas insatisfechas, generando mejora en los empleos y en los ingresos de las familias de todas las provincias.
Que para ello, se propone modificar los créditos vigentes de las Jurisdicciones 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION en lo que se refiere al PROGRAMA 39 – Programa Social Agropecuario – PROINDER BIRF 4212 y 80 – MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, PROGRAMA 30 – Emergencia Sanitaria.
Que la mencionada modificación no implica un incremento del gasto por cuanto se trata de compensaciones de créditos entre Programas de distintas Jurisdicciones.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los Artículos 8º y 11 de la Ley Nº 25.967 y por la Planilla Anexa al Artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 1 del 11 de enero de 2005.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
[b] Artículo 1º — Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005, aprobado por la Ley Nº 25.967, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 del 11 de enero de 2005, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.
[b] Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto A. Fernández. — Felisa Miceli. — Ginés M. González García.
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NOTA: Las planillas anexas no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar