[b] PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 938/2005
Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005, con el objeto de permitir el pago de las contribuciones figurativas correspondientes a los Ejercicios 1996, 1998 y 2000 por parte del Instituto Nacional de Semillas, organismo descentralizado en el ámbito de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos del Ministerio de Economía y Producción.
Bs. As., 29/12/2005
VISTO el Expediente Nº S01:0350423/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005, aprobado por la Ley Nº 25.967, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 11 de enero de 2005, y
CONSIDERANDO:
Que el INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS administración descentralizada en el ámbito de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION adeuda contribuciones figurativas al Tesoro Nacional correspondientes a los Ejercicios 1996, 1998 y 2000.
Que atento a ello y a los fines de posibilitar el ingreso al Tesoro Nacional de los fondos adeudados por el INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, resulta necesario modificar el presupuesto vigente de la Administración Nacional.
Que el Jefe de Gabinete de Ministros se encuentra facultado para dictar la presente medida de acuerdo a lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Nº 25.967 de Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
[b] Artículo 1º — Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005, de acuerdo al detalle obrante en Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.
[b] Art. 2º — Establécese que el aporte a favor del Tesoro Nacional dispuesto por la presente medida tiene por objeto permitir el pago de las contribuciones figurativas correspondientes a los Ejercicios 1996, 1998 y 2000 por parte del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS administración descentralizada en el ámbito de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
[b] Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto A. Fernández. — Felisa Miceli.
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NOTA: Las planillas anexas no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar