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PRESUPUESTO




[b] PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 119/2006

Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, a fin de ampliar los créditos asignados al Programa 16 - Fomento e Impulso al Desarrollo del Sistema Democrático de la Jurisdicción 30- Ministerio del Interior y cubrir los gastos e inversiones que demande el cumplimiento de las actividades de la Conferencia Permanente de Partidos Políticos de América Latina y el Caribe (COPPPAL).

Bs. As., 11/4/2006

VISTO el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, aprobado por la Ley Nº 26.078 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 19 de enero de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 56 de la Ley Nº 26.078 se faculta al Jefe de Gabinete de Ministros para que, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 10 de la citada ley, disponga una ampliación en el crédito asignado al Programa 16 — FOMENTO E IMPULSO AL DESARROLLO DEL SISTEMA DEMOCRATICO de la Jurisdicción 30 — MINISTERIO DEL INTERIOR, en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000) para cubrir los gastos e inversiones que demande el cumplimiento de las actividades de la CONFERENCIA PERMANENTE DE PARTIDOS POLITICOS DE AMERICA LATINA Y EL CARIBE (COPPPAL).

Que dicha facultad, en oportunidad de distribuir los créditos aprobados por la Ley Nº 26.078, no ha sido utilizada por el Jefe de Gabinete de Ministros.

Que a los fines de instrumentar lo establecido en el citado Artículo 56 corresponde incrementar los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que el incremento que se propicia se compensa con una disminución de los créditos asignados a la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO.

Que el Jefe de Gabinete de Ministros se encuentra facultado para dictar la presente medida de acuerdo a lo establecido en los Artículos 10 y 56 de la Ley Nº 26.078.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

[b] Artículo 1º — Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, de acuerdo al detalle obrante en Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante del mismo.

[b] Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto A. Fernández. — Felisa Miceli.

––––––––––––––––
NOTA: Las planillas anexas no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar

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