PREVENCION DE LA DROGADICCION
Ley 25.895
Modifícase la Ley Nº 23.358.
Sancionada: Mayo 12 de 2004.
Promulgada de Hecho: Junio 1 de 2004.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Agréguese a la Ley 23.358, el artículo 2º bis siguiente: Artículo 2º bis: La Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y de la Lucha contra el Narcotráfico, prestará entera colaboración técnica y trabajará en forma coordinada con los diferentes organismos públicos para el efectivo cumplimiento de la presente ley.
ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CUATRO.
— REGISTRADA BAJO EL Nº 25.895 —
EDUARDO O. CAMAÑO. — MARCELO E. LOPEZ ARIAS. — Eduardo D. Rollano. — Juan Estrada.