Segunel art. 418 se sustanciara por tramite de juicio abreviado:
1)Toda demanda cuya cuantia no exeda 500 ius.....
pregunto: 1) Cuanto equivale un ius ¿23.5?
2) El valor que involucro es el de la demanda sola o tambien se consideran los intereses
3)Procede a juicio ordinario si demando daños y perjuicios
4) si es un litisconsorcio se toma el valor total de todos los actores o el de cada uno