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PROCURACION DEL TESORO




PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION

Resolución 61/2003

Invítase a los Fiscales de Estado y Asesores de Gobierno, con competencia para ejercer la representación y patrocinio de sus respectivas provincias, a participar y colaborar en el diseño de una estrategia de defensa de la República Argentina en los arbitrajes internacionales en los que es demandada por causas originadas en inversiones concretadas en las provincias.

Bs. As., 10/9/2003

VISTO, las Leyes Nº 12.954 y Nº 25.344 y su reglamentación, el Decreto Nº 1.116/00 y la Resolución de la Procuración del Tesoro de la Nación Nº 2/01; y,

CONSIDERANDO:

Que el Estado Argentino ha suscripto con otros países Tratados Bilaterales para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones (TBIs) en los que se ha previsto el procedimiento de arbitraje para dirimir las cuestiones litigiosas que pudieran plantearse entre los inversores y la República Argentina.

Que los procesos arbitrales iniciados contra la República Argentina, con motivo de los TBIs, se sustancian en su mayoría ante el Centro Internacional de Arreglo de Controversias Relativas a Inversiones (C.I.A.D.I.), dependiente del Banco Mundial.

Que de conformidad con el artículo 25 de la Convención C.I.A.D.I., la jurisdicción de ese Centro se extiende a las controversias entre un nacional de un Estado contratante y un Estado contratante o cualquier subdivisión política u organismo público de un Estado contratante acreditados ante el Centro por dicho Estado.

Que la República Argentina no ha acreditado ninguna subdivisión política u organismo público a tales fines, por lo que los hechos en los que sean parte las provincias pueden eventualmente derivar en una controversia dirigida contra la República Argentina.

Que en tales casos, la información y documentación necesaria para la mejor defensa de los intereses del Estado Nacional se encuentra en poder de las provincias en tanto fueron ellas quienes celebraron los contratos mediante los cuales se concretó la inversión extranjera.

Que en tal sentido, el Foro Federal Permanente de Fiscales de Estado de la República Argentina, mediante una nota dirigida a esta Procuración del Tesoro de la Nación, ha manifestado su vocación y voluntad de participar y colaborar en la defensa de los intereses comunes y concurrentes de la Nación y las provincias.

Que para dar eficaz cumplimiento a lo enunciado en el párrafo anterior resulta necesario mantener una fluida interrelación con los Fiscales de Estado y los Asesores de Gobierno que tienen a su cargo la defensa judicial de las provincias argentinas, a fin de recibir toda la información disponible acerca de las inversiones que se hubieran celebrado en sus ámbitos territoriales y a cuyo respecto se hubiese planteado una controversia internacional.

Qué asimismo resulta pertinente invitar a los mencionados funcionarios provinciales a fin de que colaboren, en el marco de lo estipulado en el Decreto Nº 1116/00 y la Resolución PTN Nº 02/01, en el diseño de la estrategia de defensa de la República Argentina en los arbitrajes internacionales en que es demandada por causas que tienen su origen en contratos celebrados por las provincias.

Que la compatibilización entre los intereses del gobierno federal y los gobiernos provinciales permitirá cumplir con el objetivo estratégico de unificar la dirección y gestión de la defensa jurídica de la Nación Argentina en el Procurador del Tesoro de la Nación, a fin de optimizar los medios y recursos afectados a tales funciones estatales.

Que el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 12.954, el artículo 15 de la Reglamentación del Capítulo IV de la Ley Nº 25.344, aprobada por el Decreto Nº 1116/00, y en atención a lo dispuesto en la Resolución PTN Nº 2/01.

Por ello,

EL PROCURADOR DEL TESORO DE LA NACION
RESUELVE:

Artículo 1º — Invitar a los señores Fiscales de Estado y Asesores de Gobierno, con competencia para ejercer la representación y patrocinio de sus respectivas provincias, a participar y colaborar en el diseño de la estrategia de defensa de la República Argentina en los arbitrajes internacionales en los que es demandada, por causas que tienen su origen en inversiones concretadas en las provincias.

La participación y colaboración mencionadas se prestarán en el marco del Decreto Nº 1116/00, Resolución PTN Nº 2/01 y normas concordantes concordantes sobre la representación del Estado Nacional ante jurisdicciones extranjeras e internacionales por parte de la Procuración del Tesoro de la Nación.

Art. 2º — Solicitar a los señores Fiscales de Estado y Asesores de Gobierno su colaboración en la coordinación, acopio y remisión, por donde corresponda, a la Procuración del Tesoro de la Nación, de toda la documentación referida a las inversiones aludidas en el artículo 1º, en original o fotocopias autenticadas, juntamente con los informes que estimen necesarios para lograr el cometido enunciado en la presente resolución.

Art. 3º — Constituir, a los efectos indicados en los artículos anteriores, una Secretaría que funcionará en el Sector de Asuntos Internacionales de la Procuración del Tesoro de la Nación, que tendrá a su cargo la coordinación de las distintas actividades y la realización de las comunicaciones que resulten necesarias a los fines indicados en la presente resolución.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Horacio D. Rosatti.

Administracionius UNLP

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