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PROGRAMA MI PUEBLO




PROGRAMA MI PUEBLO

Decreto 469/2004

Creación del mencionado Programa, cuyo objetivo será desarrollar y articular el impacto social de las políticas públicas que se llevan a cabo en distintos organismos del gobierno nacional. Autoridades de aplicación y de coordinación política.

Bs. As., 19/4/2004

VISTO la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto 438/92) y sus modifica- torias, y los Decretos N° 357 del 21 de febrero de 2002 y N° 258 del 24 de junio de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que el modelo actual de concentración urbana resulta desarticulador de la integración regional, y una de las causas de la migración interna hacia los conglomerados urbanos.

Que el territorio argentino presenta un modelo de crecimiento inarmónico, en el cual las economías regionales con distintos grados de desarrollo, generan nuevos niveles de desigualdad de oportunidades en la población.

Que en este sentido el retroceso que han sufrido las economías regionales impone la necesidad de definir políticas públicas que reviertan esta tendencia en procura de un desarrollo local con integración regional, a través de acciones concretas de revalorización del territorio y plena inclusión de las comunidades.

Que compete al gobierno nacional definir políticas federales de desarrollo territorial.

Que las referidas políticas federales desempeñan una función fundamental en la promoción del desarrollo económico y social, y ayudan a los territorios menos prósperos o a las regiones que experimentan dificultades a generar un desarrollo sostenible.

Que en virtud a lo expuesto, resulta necesario poner en funcionamiento un programa que tenga por objeto identificar aquellas comunidades que han quedado aisladas del crecimiento y desarrollo, y requieran una asistencia integral por parte del Estado.

Que asimismo, el programa debe relevar las necesidades de las comunidades conjuntamente con los responsables nacionales, provinciales y municipales, con el fin de propender al sostenimiento de programas en el territorio.

Que, como otro objetivo, el Programa debe afianzar el desarrollo territorial fortaleciendo el progreso local con integración regional, promoviendo la valorización del territorio y sus comunidades.

Que, por último, debe promover la articulación de los programas de gobierno, propiciar la descentralización de las políticas de gobierno en los municipios y, consolidar la relación Estado Nacional, Provincia, Municipio.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR ha tomado la intervención de su competencia.

Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1° de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Créase el programa MI PUEBLO, el que tendrá por objeto desarrollar y articular el impacto social de las políticas públicas que se llevan a cabo en distintos organismos del gobierno nacional, a nivel territorial.

Art. 2° — El MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL será la Autoridad de Aplicación del mencionado programa.

Art. 3° — El MINISTERIO DEL INTERIOR tendrá a su cargo la coordinación política con los Ministerios y organismos que intervengan en la puesta en marcha y ejecución del programa que se crea por el presente, sin perder su identidad y eficiencia.

Art. 4° — En el marco del presente Decreto, cada uno de los Ministerios intervinientes, desarrollará un trabajo específico en función del diagnóstico que se establezca en cada pueblo.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Alicia M. Kirchner. — Aníbal D. Fernández.

Administracionius UNLP

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