PROGRAMAS SANITARIOS
Decreto 218/2005
Desígnase Director Nacional del Programa de Reforma de la Atención Primaria de Salud: Salta, La Pampa y Córdoba - PROAPS, al Secretario de Programas Sanitarios.
Bs. As., 17/3/2005
VISTO, los Decretos Nros. 1614 del 9 de diciembre de 1999, 808 del 13 de mayo de 2002 y 970 del 24 de abril de 2003, la Resolución Nº 945 del 30 de noviembre de 1999 del ex - MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL, la Resolución del ex - MINISTERIO DE SALUD Nº 234 del 26 de abril de 2002 y la Resolución del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE Nº 915 del 13 de septiembre de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 1614/99 se aprobó la creación de la Unidad Ejecutora Central del PROGRAMA DE REFORMA DE LA ATENCION PRIMARIA DE SALUD (PROAPS, BID Nº 1193/OC - AR), en el ámbito de la entonces SUBSECRETARIA DE ATENCION MEDICA, convalidando lo indicado por la Resolución Nº 945/99 del ex MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL.
Que a través del Decreto Nº 808/02 se aprobó el modelo de Contrato Modificatorio Omnibus a suscribirse entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) destinado a reformular y redireccionar DOCE (12) préstamos, a fin de solventar los gastos que genera la ejecución del PLAN DE EMERGENCIA SOCIAL.
Que entre los préstamos reformulados y redireccionados por el Decreto citado en el considerando anterior, el artículo 8º contempla el identificado como BID 1193/OC-AR, el cual prevé el financiamiento del PROGRAMA DE REFORMA DE LA ATENCION PRIMARIA DE SALUD (PROAPS).
Que por la Resolución Nº 234/02 del ex-MINISTERIO DE SALUD, se designó como Director Nacional del Programa (PROAPS) al entonces Subsecretario de Políticas de Regulación y Fiscalización.
Que por el Decreto Nº 970/03 se ratificó la Resolución Nº 234/02 del ex-MINISTERIO DE SALUD, y se dispuso que la Unidad Ejecutora del PROGRAMA DE REFORMA DE LA ATENCION PRIMARIA DE SALUD: SALTA, LA PAMPA y CORDOBA-PROAPS, (BID Nº 1193/OCAR) cuya actividad, a partir del dictado de la Resolución mencionada, venía llevándose a cabo dentro del ámbito de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION de dicho Ministerio, continuaría desarrollando las tareas de ejecución y administración del mencionado Programa en la nueva etapa correspondiente a la reformulación aprobada.
Que por la Resolución Nº 915/04 del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE y con el objeto de mejorar la calidad de la atención de los más necesitados, jerarquizando el primer nivel de atención, se dio por aprobada la creación del PROGRAMA MEDICOS COMUNITARIOS en la órbita de la SECRETARIA DE PROGRAMAS SANITARIOS del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE.
Que de la estrategia que dicha Resolución le asigna al PROGRAMA DE MEDICOS COMUNITARIOS, surge la afinidad existente entre este último y el componente MEDICAMENTOS del PROGRAMA DE REFORMA DE LA ATENCION PRIMARIA DE SALUD (PROAPS).
Que en mérito a lo expresado en los considerandos anteriores, resulta conveniente modificar el ámbito en que desarrollará su actividad la Unidad Ejecutora del PROGRAMA DE REFORMA DE ATENCION PRIMARIA DE SALUD (PROAPS), y la titularidad de la Dirección Nacional del mismo asignándosela al SECRETARIO DE PROGRAMAS SANITARIOS.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Sustitúyese el artículo 8º del Decreto Nº 808 del 13 de mayo de 2002, texto según artículo 1º del Decreto Nº 970 de fecha 24 de abril de 2003, por el siguiente:
"ARTICULO 8º.- Dispónese que la Unidad Ejecutora del PROGRAMA DE REFORMA DE LA ATENCION PRIMARIA DE SALUD: SALTA, LA PAMPA y CORDOBA-PROAPS, (BID Nº 1193/OC-AR), cuya actividad se desarrollará en lo sucesivo en la órbita de la SECRETARIA DE PROGRAMAS SANITARIOS del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, continuará desarrollando las tareas de ejecución y administración del mencionado Programa en la nueva etapa correspondiente a la reformulación aprobada".
Art. 2º — Desígnase Director Nacional del PROGRAMA DE REFORMA DE LA ATENCION PRIMARIA DE SALUD: SALTA, LA PAMPA y CORDOBAPROAPS, (BID Nº 1193/OC-AR) al Secretario de Programas Sanitarios del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE.
Art. 3º — Derógase el artículo 2º del Decreto Nº 970 de fecha 24 de abril de 2003.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Ginés M. González García.