Estoy en: Foro > Cuestiones Generales > Dudas sobre Materias

Qué pasa si abandono una cursada?


Hola les comento mi caso, estoy en una materia y ya rendí el primer parcial pero por cuestiones personales no voy a poder dar el segundo y la tendré que dar libre en el segundo cuatrimestre. El tema es que no sé si mevan a sancionar o me va en uno en ese segundo parcial y me mandan a un final o simplemente quedo libre?. En que estado queda esa cursada?
Es decir, si desapruebo la cursada habiendo hecho solo 1 parcial, iría a un final como si fuese una materia libre y me podría anotar en cualquier mes del segundo cuatrimestre?.
Y si doy mal una materia libre, cuantas veces más la puedo volver a rendir? La puedo volver a rendir en ese mismo cuatrimestre?
Perdón por tanta pregunta es que soy nuevo y no entiendo nada.

rarturi Sin Definir Universidad

Respuestas
Sin Definir Universidad
rarturi Ingresante Creado: 13/06/12
con el tema de las faltas tengo mas del 70% así que no me sancionarían por ese tema. El problema sería la ausencia en el segundo parcial y por lo tanto no me daría el promedio. No sé si existiría sanción o tendría la oportunidad de darla en un examen final libre.

Sin Definir Universidad
nicolas1905 Premium I Creado: 13/06/12
EN q facultad estas?

Sin Definir Universidad
rarturi Ingresante Creado: 13/06/12
UNLP , ahora lo edito.

UNLP
Decemberfest Ingresante Creado: 14/06/12
Hola, como estás? Buscando otra cosa, en las resoluciones de la facu, encontré ésta, que te puede servir:
Espero te sirva.

Te transcribí la parte pertinente:

Artículo 39º.- a) El alumno que resulte aplazado en el Curso por Promoción podrá rendir
examen libre en el turno siguiente al de la finalización de dicho Curso.
b) (**) Alumnos que quedan excluidos de las sanciones por abandono de cursada:
A) Aquellos que acrediten fehacientemente una nueva condición laboral sobreviviente en
el desarrollo de las cursadas por promoción.
B) Los que revistan y acrediten una situación de maternidad sobreviviente.
C) Asistencia a un familiar por cuestiones de salud, también sobrevivientes.
D) Fallecimiento de un familiar directo: ascendiente, descendiente, cónyuge o colateral en
segundo grado.
E) Enfermedad sobreviviente del alumno cursante
F) Cualquier otra circunstancia de fuerza mayor, debidamente acreditada.
* Régimen probatorio:
Aquellos alumnos que opten por invocar esta “resolución” deberán presentar la
documentación que a continuación se detalla.
En el caso del inc. A): recibo de haberes y certificación expedida por el empleador.
En el caso del inc. B): constancias y/o certificaciones médicas que acrediten el embarazo.
En el caso del inc. C) y E): constancias y/o certificaciones médicas que acredite la
convalecencia que impide la continuación del curso, junto con la documentación que acredite
el vínculo.
En el caso del inc. D): acta de defunción junto con la documentación que acredite el vínculo
establecido en dicho inciso.”

"La muerte esta tan segura de su victoria, que nos da toda una vida de ventaja."

UNLP
fiorelon Ingresante Creado: 23/06/12
Te va un 2 .

Fio!

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a Qué pasa si abandono una cursada?