REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS
Disposición 199/2004
Dispónese la reanudación de la operatoria correspondiente al Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito en los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor con jurisdicción territorial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Bs. As., 18/3/2004
VISTO la Disposición D.N. N° 515/03 y el Decreto del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 03/04 y las Circulares D.N. N° 01/04 y D.R. N° 01/04, y
CONSIDERANDO
Que en virtud de la mencionada Disposición se puso en vigencia, a partir del 1° de octubre de 2003, la operatoria en los Registros Seccionales con jurisdicción territorial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la cual, en forma previa a la inscripción de determinados trámites, se debe solicitar el informe de deuda por infracciones de tránsito mediante el uso del Formulario "13 I" Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito.
Que, por el Decreto mencionado, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires estableció la suspensión del servicio de consulta a su base de datos de infracciones y la emisión del libre deuda por razones técnicas, relevando a esta Dirección Nacional de la obligación impuesta en la cláusula tercera del Convenio oportunamente suscripto con ésta.
Que por las Circulares citadas, esta Dirección Nacional comunicó a los Encargados de los Registros Seccionales de dicha jurisdicción la suspensión de la operatoria correspondiente a la solicitud de informe de deuda por infracciones de tránsito y los inconvenientes técnicos que motivaron la misma.
Que por Nota N° 4801/04, la Dirección General Administrativa de Infracciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, puso en conocimiento de esta Dirección Nacional que desde el 15 de marzo de 2004 el sistema informático se encuentra en su pleno y total funcionamiento.
Que por lo tanto, resulta necesario poner nuevamente en vigencia la operatoria mencionada en los Registros Seccionales con jurisdicción en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y proceder a su publicación para conocimiento del público usuario.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso c) del Decreto N° 335/88.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS
DISPONE:
Artículo 1° — Reanúdase, a partir del 22 de marzo de 2004, la operatoria correspondiente al Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito en los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor con jurisdicción territorial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con las previsiones contenidas en la Disposición D.N. N° 515/03.
Art. 2° — Regístrese, comuníquese, atento a su carácter de interés general, dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge Landau.