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REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR




REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

Disposición 603/2005

Dispónese la reanudación de la operatoria correspondiente al Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito en los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor con jurisdicción territorial en la ciudad de Salta.

Bs. As., 20/9/2005

VISTO la Disposición D.N. N° 260/05 y el Decreto 450/05, mediante el cual se suspendió la aplicación de la Ordenanza ad-referéndum 12379-05 y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de la mencionada Disposición se puso en vigencia, a partir del 2 de Mayo de 2005, la operatoria en los Registros Seccionales con jurisdicción territorial en la Ciudad de Salta, por la cual en forma previa a la inscripción de determinados trámites se debe solicitar el informe de deuda por infracciones de tránsito mediante el uso del Formulario "13 I" Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito.

Que, por el Decreto mencionado, el Intendente Municipal de la Ciudad de Salta resuelve suspender la aplicación de la Ordenanza ad-referéndum mencionada que aprobaba el Convenio suscripto oportunamente.

Que, mediante Disposición D.N. N° 318/05, esta Dirección Nacional comunicó a los Encargados de los Registros Seccionales de dicha jurisdicción la suspensión de la operatoria correspondiente a la solicitud de informe de deuda por infracciones de tránsito.

Que, por Decreto 853/05, el Sr. Intendente Municipal de la Ciudad de Salta dispone la vigencia y aplicación del mencionado Convenio y que fuera firmado y aprobado por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante Decretos N° 1497/03 y 702/04.

Que, por lo tanto, resulta necesario poner nuevamente en vigencia la operatoria mencionada en los Registros Seccionales con jurisdicción en la Ciudad de Salta, ampliando la misma a los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor con Competencia exclusiva en Motovehículos de la citada jurisdicción y proceder a su publicación para conocimiento del público usuario.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución M.J. y D.H. N° 141/04 y el artículo 2°, inciso c) del Decreto N° 335/88.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS
DISPONE:

Artículo 1° — Reanúdase, a partir del 26 de septiembre de 2005, la operatoria correspondiente al Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito en los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor con jurisdicción territorial en la Ciudad de Salta, de conformidad con las previsiones contenidas en las Disposiciones D.N. N° 515/03 y 395/04.

Art. 2° — Incorpórase, a partir del 26 de septiembre de 2005, la operatoria correspondiente a la "solicitud de Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito" en los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor con competencia exclusiva en Motovehículos con jurisdicción territorial en la Ciudad de Salta de conformidad con las previsiones contenidas en las Disposiciones D.N. N° 515/03 y 395/04.

Art. 3° — Regístrese, comuníquese, atento a su carácter de interés general, dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Miguel A. Gallardo.

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