la relación, la vinculación entre el principio fundamental de la libertad de expresión y la llamada teoría de la “real malicia” (actual malice), doctrina ésta asumida por nuestra Corte Suprema de Justicia y que se relaciona a un caso específico de conflicto y de equilibrio entre la Libertad de Expresión y otros derechos subjetivos igualmente protegidos desde una perspectiva jurídica e igualmente valiosos. En este caso, se trata de un estándar de interpretación sobre el alcance y contenidos del ejercicio de la libre expresión, de los consiguientes derecho de difundir y recibir información atinente a actos oficiales públicos o de interés público protagonizados por sujetos de dimensión pública, estándar de interpretación que tiende en estos casos a reforzar el derecho de información.
Efectivamente, la libertad de expresión es el “palladium de la libertad” como sostuviera el mismo Kant, piedra basal del pluralismo ideológico, del disenso, del consenso y por ende del debate, de la información – formación de la opinión pública, de la deliberación libre y de la construcción de la voluntad general política.
La libertad de expresión, no hay dudas, es la garantía y condición “sine qua non” hay orden político concebido como acuerdo, como contrato y como constructo. Garantía también de que no hay, no debe haber en plano del pensamiento y de las ideas, verdades oficiales y que por ello hasta el error debe protegerse y porque la verdad es también una búsqueda y debe ser construida desde el pluralismo.
La Llamada Teoría de la Real Malicia
Concepto General
En muy gruesos trazos y como una primera aproximación podríamos conceptualizar a esta “teoría” como:
La pauta interpretativa o estándar adoptado por la Justicia que, en aras de reforzar la libertad de expresión y el derecho de investigación y crítica periodística relativa a los actos oficiales, públicos o de interés público desplegado por sujeto público, exige que el damnificado por una noticia falsa, lesiva o abusiva, para su honor, consideración pública o intimidad pruebe que el medio periodístico actuó con real malicia, es decir con dolo o culpa grave.
Edite el mensaje!!! por favor cuando postean con poner "Ayudita" no se entiende nada... explicar bien de que se trata en el titulo del mensaje... en su caso... Lean siempre las normas del foro... para algo que establecieron
http://www.slideshare.net/oflores/do...-real-malicia/
http://www.circulodoxa.org/documento...oArgentino.pdf
http://www.monografias.com/trabajos1.../realmal.shtml
http://www.pagina12.com.ar/diario/el...007-04-12.html
la relación, la vinculación entre el principio fundamental de la libertad de expresión y la llamada teoría de la “real malicia” (actual malice), doctrina ésta asumida por nuestra Corte Suprema de Justicia y que se relaciona a un caso específico de conflicto y de equilibrio entre la Libertad de Expresión y otros derechos subjetivos igualmente protegidos desde una perspectiva jurídica e igualmente valiosos. En este caso, se trata de un estándar de interpretación sobre el alcance y contenidos del ejercicio de la libre expresión, de los consiguientes derecho de difundir y recibir información atinente a actos oficiales públicos o de interés público protagonizados por sujetos de dimensión pública, estándar de interpretación que tiende en estos casos a reforzar el derecho de información.
Efectivamente, la libertad de expresión es el “palladium de la libertad” como sostuviera el mismo Kant, piedra basal del pluralismo ideológico, del disenso, del consenso y por ende del debate, de la información – formación de la opinión pública, de la deliberación libre y de la construcción de la voluntad general política.
La libertad de expresión, no hay dudas, es la garantía y condición “sine qua non” hay orden político concebido como acuerdo, como contrato y como constructo. Garantía también de que no hay, no debe haber en plano del pensamiento y de las ideas, verdades oficiales y que por ello hasta el error debe protegerse y porque la verdad es también una búsqueda y debe ser construida desde el pluralismo.
La Llamada Teoría de la Real Malicia
Concepto General
En muy gruesos trazos y como una primera aproximación podríamos conceptualizar a esta “teoría” como:
La pauta interpretativa o estándar adoptado por la Justicia que, en aras de reforzar la libertad de expresión y el derecho de investigación y crítica periodística relativa a los actos oficiales, públicos o de interés público desplegado por sujeto público, exige que el damnificado por una noticia falsa, lesiva o abusiva, para su honor, consideración pública o intimidad pruebe que el medio periodístico actuó con real malicia, es decir con dolo o culpa grave.