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Les agradezco la oportunidad que me otorgan de poder plantear este caso real y ver que me recomiendan: Los esposos compran un departamento, ponen en la escrituración la propiedad a nombre de su hijo menor. pasado cinco años esta pareja se separa judicialmente quedando la madre con la tenencia del hijo y el departamento. Que sigue estando a nombre de su hijo menor. La madre continua con la conservación del Departamento realizando todos los pagos y efectuando arreglos y mejoras. cuando su hijo cumple la mayoria de edad y la escritura del Departamento continúa a su nombre, este desaloja a su madre sin retribución alguna. Que derechos le correspondería a la madre por haber administrado y conservado el departamento. Espero entiendan el texto y desde ya muchas gracias por su respuesta.

riky UCASAL

Respuestas
UNLP
Nadia Moderador Creado: 17/09/09
Primero que hijo tan desagradecido por no decir otra cosa!!
Pero lamentablemente por más que la madre haya mantenido el departamento, salvo que te hayan sido grandes mejoras, la madre vivió ahí, en un bien de "su hijo" por tanto uso y gozo del bien... esto es lo que se llama usufructuo.
Lo tendrían que haber pensado antes.
Usufructo de los bienes del menor, es el derecho conferido al padre y a la madre de gozar y usar los bienes de sus hijos, como así también de percibir las rentas y los frutos que los mismos devengaran.

Art.287.- El padre y la madre tienen el usufructo de los bienes de sus hijos matrimoniales, o de los extramatrimoniales voluntariamente reconocidos, que estén bajo su autoridad, con excepción de los siguientes:

1ro. Los adquiridos mediante su trabajo, empleo, profesión o industria, aunque vivan en casa de sus padres;

2do. Los heredados por motivo de la indignidad o desheredación de sus padres;

3ro. Los adquiridos por herencia, legado o donación, cuando el donante o testador hubiera dispuesto que el usufructo corresponde al hijo.


Y como la patria potestad se termino, el usufructo tambien.


No sé, s estoy muy errada

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Sin Definir Universidad
IGNASS Cursando Ingreso Creado: 17/09/09
Yo creo que la madre tiene derecho a que se le retribuya en aquellas erogaciones que se han originado en razon de mantener el bien, esto en cuanto aprobar cuentas y dar finiquito art 134, igualmente dependiendo de la edad de la madre y la situacion economica del hijo podria solicitar alimentos, o de ultima probar de reclamarle al ex marido. Si dije alguna burrada que alguien me corrija

UCASAL
riky Premium II Creado: 18/09/09
Les agradezco a ambos, por su tiempo y sus respuestas ayudarón a mi entendimiento a una duda que se origino de una charla de estudio. Ricardo.

UNLP
Lamudita Cursando Materias Creado: 18/09/09
Entiendo que lamentablemente no tiene derecho a reclamo alguno, ahora para evitar ésto cuando se hace la escritura de compra y se va a poner a nombre del hijo hay que reservarse el derecho de usufructo vitalicio.

UNLP
Nadia Moderador Creado: 18/09/09
Claro, lo otro era un usufructo legal.
Saludos

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