MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
Resolución 652/92
Prorrogase un plazo establecido en el Decreto N° 2408/91.
Bs. As., 29/5/92
VISTO el Decreto N° 2408 del 12 de noviembre de 1991 y lo actuado por la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES bajo el N° 29/92 del 10 de enero de 1992, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 8° del Decreto N° 2408/ 91 el PODER EJECUTIVO NACIONAL fijó un plazo máximo de SESENTA (60) días, que vence el 14 de enero de 1992, para que la ex-SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOSA PUBLICOS eleve un plan para el llamado a licitación bajo el régimen de concesión por peaje, entre los meses de enero y julio de 1992, para la construcción, mejoras, reparación, conservación, ampliación, remodelación, mantenimiento, administración y explotación de la red de acceso de grandes ciudades.
Que por el Decreto N° 2362 del 12 de diciembre de 1991 la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES es la continuadora de las funciones de la ex-SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Que por la Nota N° 29/92 la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES solícita que se eleve al MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS un pedido de prórroga de CUARENTA Y CINCO (45) días al plazo establecido por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, debido a la complejidad de los estudios previos que se deben realizar para encarar las distintas alternativas que definan los términos de referencia para el llamado a licitación.
Que dicha solicitud es atendible y que el Decreto N° 2408/91 tiene previsto en su artículo 4° el mecanismo para autorizar la postergación de los plazos que la misma norma establece.
Que el presente se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 4° del Decreto N° 2408/91.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Prorrogase por el término de CUARENTA Y CINCO (45) días el plazo establecido en el artículo 8° del Decreto N° 2408/91.
Art. 2° — Comuníquese a la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Domingo F. Cavallo.