Ente Nacional Argentino de Turismo
AGENTES DE VIAJE
Resolución 216/91
Actualízanse los montos de los aranceles establecidos en la Resolución Nº 364/90.
Bs. As., 15/3/91
VISTO la Ley 18.829 y su reglamentación en vigencia, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma el ENATUR a través de la Dirección General de Servicios Turísticos es el organismo encargado del registro y fiscalización de las agencias de viajes.
Que los aranceles por distintos trámites relacionados con la habilitación y posterior actividad de las mismas deben ser constantemente adecuados a montos acordes con la realidad, atento que de no existir una adecuación permanente estas tramitaciones deben ser financiadas por el Organismo en desmedro de otras funciones.
Que en tal sentido y con fecha 1º de noviembre de 1989 se establecieron normas sobre el particular en los términos de la Resolución Nº 290, artículo 2º.
Que a la fecha procede a adecuar los mismos, tomando como base las variaciones en el Indice de precios Mayoristas Nivel General del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, producidas entre los meses de agosto de 1990 y febrero de 1991. Los montos resultantes serán los aranceles a aplicar a partir del 1º de abril de 1991.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL ENTE NACIONAL ARGENTINO DE TURISMO
RESUELVE:
Artículo 1º — Conforme lo expresado en los Considerandos de la presente Resolución, actualízase los montos de los aranceles establecidos por el artículo 1º de la Resolución S.T. Nº 364/90 a partir del 1º de abril de 1991 y cuyos montos serán los siguientes:
a) Permisos Precarios y Renovación de los mismos, AUSTRALES TRES MILLONES (A 3.000.000).
b) Solicitud de Licencia, Reiniciación del trámite de inscripción en el Registro de Agentes de Viajes y habilitación de Sucursales, Locales y/o Mostradores de Venta Permanente, AUSTRALES TRES MILLONES (A 3.000.000).
c) Cambios de Domicilio, de Categoría, de Titularidad, de Designación Comercial y/o Ampliación de la misma, Suspención Voluntaria y Temporaria de actividades de Casa Matriz y/o Sucursales, Locales o Mostradores de Ventas. Apertura de locales o Mostradores de Ventas en oportunidad de Congresos o Eventos especiales. Ampliación de instalaciones, AUSTRALES UN MILLON QUINIENTOS MIL (A 1.500.000).
d) Solicitud de Certificados de Libre Deuda, Reposición de Cartel Indicador, Reposición de Libro de Reclamaciones, AUSTRALES QUINIENTOS SESENTA MIL (A 560.000).
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Francisco Mayorga.