[b] Administración Federal de Ingresos Públicos
IMPUESTOS
Resolución General 2088
Impuesto al Valor Agregado. Resolución General Nº 18, sus modificatorias y complementarias. Resolución General Nº 39 y sus modificaciones. Nómina de sujetos comprendidos.
Bs. As., 6/7/2006
VISTO el régimen de retención del impuesto al valor agregado establecido por la Resolución General Nº 18, sus modificatorias y complementarias, y la Resolución General Nº 39 y sus modificaciones, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 3º de la norma citada en primer término, corresponde informar la identificación de los agentes de retención que se incorporan al mencionado régimen y de los que han quedado excluidos del mismo.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7º del Decreto Nº 618, del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
[b] Artículo 1º — Modifícase el Anexo de la Resolución General Nº 39 y sus modificaciones —texto según Anexo II de la Resolución General Nº 875—, en la forma que se detalla seguidamente:
- Elimínase al responsable que se indica a continuación:
"30-50639601-4 |
INDUSTRIAS J MATAS S.C.A." |
[b] Art. 2º — Modifícase el Anexo V de la Resolución General Nº 18, sus modificatorias y complementarias —texto según Resolución General Nº 1126—, en la forma que se detalla seguidamente:
1. Incorpórase al responsable que se indica a continuación:
"30-70944916-4 |
BENITO ROGGIO E HIJOS S.A. ELECTROINGENIERIA S.A. CONSORCIO DE COOPERACION" |
2. Elimínase al contribuyente que se detalla seguidamente:
"33-69587133-9A |
GRO PROCOM S R L" |
[b] Art. 3º — Lo establecido en los artículos 1º y 2º tendrá efectos a partir del día 1 de agosto de 2006, inclusive.
[b] Art. 4º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto R. Abad.